Una cautelar a medida para Telecom: suspende el DNU y el tope de facturación

Por: Jonathan Raed

Una Cámara porteña revocó los artículos que declaran esencial el servicio de telecomunicaciones. El Enacom advirtió que apelará, mientras las empresas anuncian nuevos incrementos tarifarios.

La Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires revocó un fallo de primera instancia y otorgó una cautelar a favor de Telecom y en contra del DNU 690/20, que declara esenciales a los servicios de Internet, TV paga y telefonía. El fallo suspendió los artículos más importantes del DNU e hizo lo propio con tres resoluciones del Enacom; entre ellas, el 5% de tope de aumento para las compañías del sector.

El fallo firmado por los jueces Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira revocó los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del DNU; es decir, aquellos que declaran esenciales a las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), donde se anuncia que el Estado regulará los precios del sector e incluso aquel que coloca al Enacom como autoridad de aplicación.

El veredicto no fue unánime porque contó con el voto en disidencia de la jueza María Claudia Caputi. El plazo de vigencia de la cautelar es de seis meses y, además, los jueces fijaron una contracautelar que le empresa “deberá prestar o afianzar en debida forma por un monto equivalente a diez millones de pesos”.

Gustavo López, vicepresidente del Enacom, expresó su disgusto en diálogo con Tiempo: “Es lo que yo llamo La Patria Cautelar. El Poder Ejecutivo emite un DNU, que es luego refrendado por el Congreso. La Cámara suspende la aplicación a favor del Grupo Clarín y esa suspensión implica que a partir de ahora legisla el juez”.

“El juez genera un perjuicio para los millones de usuarios de esa empresa y un desbalanceo económico para las demás empresas del sector. Deja indefenso al consumidor porque ni siquiera declara inconstitucional el DNU, sino que los suspende por seis meses”.

Para López, “hay un problema con un sistema judicial lento y que no hace justicia. Nadie le quita el derecho al ciudadano a hacer reclamos sobre una norma, pero pongamos un tribunal constitucional que lo resuelva en 30 días, como hay en muchos países del mundo. Sino, muchos jueces dicen que sí, uno dice que no y la norma no se puede aplicar. Suplanta al Poder Ejecutivo y al Legislativo”. Desde el punto de vista jurídico, adelanta López, “vamos a apelar y a ir a la Corte Suprema”. Además, “25 asociaciones de usuarios y consumidores iniciarán una demanda para reclamar la devolución del dinero cobrado de más y una declaración de certeza, para que la Justicia declare constitucional el decreto”.

El conflicto entre el gobierno y las empresas se inició con la publicación del DNU 690/20, a partir del cual el Ejecutivo debe autorizar los aumentos que pueden implementar las compañías proveedoras. Una lógica similar a la de otros servicios privados regulados por el Estado como lo son las prepagas.

El Enacom autorizó un 5% de suba para enero, un 7,5% para febrero y un 2,5% para marzo. Las compañías impusieron aumentos mucho mayores a los permitidos y judicializaron el DNU. Y desde el Enacom intimaron a las empresas a devolver el dinero a los clientes.

Algunas compañías del sector no solo no han devuelto los montos por los anteriores aumentos desmedidos, sino que anunciaron nuevas subas. Movistar fijó una suba del 8% desde mayo y otra del 7% desde junio. Telecentro aumentaría sus precios un 10% a partir de junio y lo propio anuncia Telecom.

Desde el 1º de enero, Enacom aplica multas a Telecom por incumplimientos del DNU. En principio, fueron de 588 mil pesos por día hasta mediados de febrero, cuando se actualizó la fórmula y comenzó a ser de 19 millones de pesos por día. «

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