El presidente de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Morón le ordenó al Tribunal Oral Nº 3 de Morón que finalice antes de las 18 las audiencias y fue denunciado por arbitrariedad, persecución y abuso de autoridad.
En duros términos, los jueces Mariela Moralejo Rivera, Raquel Renée Lafourcade y Diego Bonanno, denunciaron el lunes a su colega Russo por arbitrariedad, persecución y abuso de autoridad. Días antes, Russo había enviado un oficio en su carácter de Superintendente teniendo en cuenta la escasez de personal policial de seguridad, el retiro del personal de mantenimiento y el cierre de los portones de los ingresos, se disponga que la actividad del Juicio Oral no se extienda más allá de las 18:00″.
Tal como publicó el portal NoFiccionWeb, el juez Bonanno aseguró, en la denuncia, que más allá de releerlo una y otra vez (el oficio), no logro salir de la perturbación que me provoca su texto, o para ser más exacto, la orden impartida, porque ella conlleva la vulneración del precepto más sagrado que un magistrado debe tener, esto es el ejercicio de la jurisdicción entendiendo que Russo no tenía competencia para realizar tal pedido.
En el escrito, los jueces acusaron al presidente de la Cámara de Apelación Civil de sentir un menosprecio por la familia de la víctima, la propia víctima, los tres acusados que quieren resolver su situación procesal- y todos los funcionarios judiciales y abogados particulares que están abocados al caso desde febrero y, seguramente, hasta mediados de año.
No hay norma que permita al presidente de la Cámara Civil y Comercial, arrogarse la facultad de adentrarse en un proceso penal con facultades jurisdiccionales, indicaron en la denuncia. Su desconocimiento fáctico e ignorancia jurídica sobre el proceso penal en general y el juicio oral en particular lo llevan a tan ilógica determinación. Me pregunto en qué momento debería acallar la voz de las partes cuando estén haciendo uso de la misma, o la del imputado, o la de un testigo, concluyeron.
Russo fue acusado de haber violado el artículo 248 del Código Penal que contempla de un mes a dos años de prisión y hasta cuatro años de inhabilitación para aquel funcionario público que dicte una resolución u orden contraria a las leyes. Si el presidente de la Cámara Civil apela la resolución del tribunal, el episodio podría tener una escalada insólita que paralizaría el juicio.
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