Ya está en movimiento el proyecto para prohibir el uso de tierras quemadas intencionalmente

La iniciativa, impulsada por Máximo Kirchner, empieza a discutirse en la Comisión de Recursos Naturales de Diputados. Impide el uso por entre 30 y 60 años de terrenos incendiados.

La Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados comienza a tratar este lunes un proyecto que propone prohibir por entre 30 y 60 años la venta de terrenos que hayan sido afectados por incendios forestales, con el propósito de evitar que se desarrollen en esos predios emprendimientos inmobiliarios.

La iniciativa se iba a discutir el miércoles pasado pero se postergó debido a un problema con los vuelos que tuvo para regresar a la Argentina desde Bolivia el presidente de la comisión Leonardo Grosso, quien había viajado al país vecino como veedor de los comicios presidenciales donde triunfó el candidato del MAS, Luis Arce.

La Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente fue citada para las 15 para comenzar a discutir esa iniciativa impulsada por el jefe de la bancada del oficialismo, Máximo Kirchner, y que fue respalda por legisladores de los interbloques Federal, Unidad y Equidad Federal.

El proyecto reforma la Ley 26.815 del Manejo del Fuego con el objeto de prohibir o realizar modificaciones en el uso de las superficies que tenían previo a los incendios provocados o accidentales. 

También podés leer: Nueva prueba sobre el mecanismo para la quema de humedales

La iniciativa determina que, por el término de 60 años, no se podrá cambiar el uso de los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, e impone una limitación de 30 años en el caso de que la afectación se produzca en una zona agrícola.

En esos plazos «no se podrán realizar en los bosques naturales o implantados la división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares.

Tampoco se podrá «hacer cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio», se sostiene en los fundamentos de la iniciativa.

Además, se fija en el proyecto que el plazo de 60 años «se puede extender, sí así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente».

«En el caso de incendios de zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural, no se permitirán modificar esos suelos por el termino de 30 años para lograr su restauración», se indica en el proyecto.

Al respecto, la iniciativa establece que «no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio».

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