Todas aquellas personas que vivan en la provincia y cuyo DNI finalice en 428 o 939 están en condiciones de ser elegidas para los juicios.
Según la norma, el jurado está compuesto por 12 ciudadanos titulares (seis mujeres y seis hombres) y seis suplentes, que son elegidos por sorteo del padrón electoral y reciben instrucciones de un juez, quien les indica el encuadre jurídico de la cuestión a resolver. La cantidad de elegidos está dada por una proporción de una de cada mil personas de entre en la franja etaria de 21 a 75 años, que vivan en la provincia de Buenos Aires y comprendan el castellano.
Luego del debate, el jurado decide en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.
El sistema de juicio por jurados, que rige en la provincia de Buenos Aires desde 2015, se toma en cuenta para delitos graves con penas superiores a los 15 años, como homicidios, violaciones y torturas. El imputado, en esos casos, puede optar por ser juzgado o no bajo esa modalidad.
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