Los valores ascienden hasta $70.000. Los detalles fueron publicados en el Boletín Oficial.

El bono será otorgado a titulares de prestaciones contributivas y no contributivas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), incluyendo jubilados, pensionados, beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y madres de siete hijos o más, entre otros. Su monto variará según los ingresos, alcanzando el total estipulado para quienes perciban el haber mínimo garantizado.
El decreto también establece que el mismo «tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto». Asimismo, aclara que «para percibir el presente bono extraordinario previsional los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación».
En el caso de pensiones compartidas, la normativa indica que estas se considerarán como un único titular: «Cualquiera sea la cantidad de copartícipes, deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al bono extraordinario previsional», señala el texto oficial.
La medida busca paliar los efectos adversos de la inflación y compensar las pérdidas de poder adquisitivo que afectan a los sectores de menores ingresos. Según el decreto, la decisión responde a la necesidad de «mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra».
La ANSES tendrá la tarea de implementar las disposiciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos del decreto. El Ejecutivo enfatizó que esta iniciativa se enmarca en una política de movilidad jubilatoria ajustada mensualmente al Índice de Precios al Consumidor, vigente desde julio pasado, y aseguró que se mantendrán esfuerzos para «sostener y fortalecer los ingresos de los adultos mayores».
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