La Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires presentó el pedido para dejar sin efecto la audiencia que había sido convocada por el juez Roberto Gallardo para el 10 de febrero, donde los ministros porteños debían dar explicaciones sobre el sistema de testeos a maestros con vistas al inicio de clases.
La causa ahora está en manos de la jueza Paola Cabezas Cescato, quien reemplaza al juez Gallardo mientras la Cámara en lo Contencioso Administrativo resuelva la recusación.
En el escrito presentado hoy, al que accedió Télam, la Procuración de la Ciudad indica que, “en virtud de la información aportada y habiendo mi mandante dado cumplimiento a lo requerido, vengo a solicitar a VS deje sin efecto la audiencia convocada por el magistrado recusado para el próximo 10 de febrero del corriente”.
“Debe advertirse que el Dr. Gallardo citó a la misma, con carácter personal e indelegable, a la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Salud, en vísperas del comienzo del ciclo lectivo 2021 y en plena pandemia. En ese contexto, advertirá V.S. que su citación a la audiencia designada importa suspender compromisos ya asumidos con anterioridad a la designación de dicha audiencia”, se agrega en el escrito judicial.
Asimismo, indican que el juez Gallardo no debería haber hecho lugar al amparo iniciado por el trabajador porteño Carlos Luis Elías.
“Agravia a mi parte la circunstancia que el sentenciante recusado haya tenido por habilitada la acción, cuando en realidad debió rechazarla in límine a causa de la manifiesta falta de legitimación”, se explica en el escrito de la Procuración.
Sobre la convocatoria a los ministros a dar explicaciones, la Procuración considera que “causa agravio a mi representada esta convocatoria, que no fue requerida por el actor y solo obedece a la voluntad del magistrado recusado”.
Asimismo, interpreta que el juez Gallardo “prejuzgó” e indica que el Gobierno “ha aportado al Tribunal los informes pertinentes, toda vez que en el ejercicio de las funciones y competencias que le son propias, elaboró los procedimientos para el testeo de COVID 19 a docentes y no docentes, previo al inicio de la presente demanda”.
En este sentido, la Procuración porteña considera que la fijación de una audiencia es “innecesaria, toda vez que se ha presentado la información requerida y la causa debe ser declarada abstracta”.
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