La Corte recibió informes por la filtración de las escuchas a Parrilli y Cristina

Fueron solicitados a la Oficina de Captación de Comunicaciones y al juez Ariel Lijo. Mientras el organismo destacó la "confidencialidad" del procedimiento y la "reserva absoluta" de la información, el magistrado informó que denunció la difusión de los audios ante la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal.

La Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado finalmente envió el informe solicitado por la Corte Suprema de Justicia tras la difusión de audios de la intervención telefónica al número correspondiente al ex titular de la AFI Oscar Parrilli, detalló el procedimiento para implementar y resguardar las escuchas y entre otros puntos, remarcó que la actividad de la Dirección “se rige por los principios de confidencialidad y transparencia”, que “se estableció la reserva absoluta de la información” durante el desarrollo de las actividades del organismo, y remarcó: “es importante destacar que el personal de esta Dirección no tiene acceso a los audios de las comunicaciones en ninguna instancia del proceso de captación, grabación  o entrega de los CDs” con las escuchas.  

Por su parte el juez Ariel Lijo, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal  4,  también presentó un escrito ante otro  pedido de la Corte Suprema por la misma causa, donde entre otros puntos informó que denunció la filtración de los audios ante la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal, para que se investigue.

La Dirección enfatizó en su escrito de 18 páginas que “el organismo actúa únicamente a requerimiento de la autoridad judicial competente y dentro de los límites estipulados por la norma”.  Además, informó que “se dispuso la elaboración de un sistema de auditoría interno a los efectos realizar controles integrales respecto de la totalidad de los procesos llevados a cabo en el organismo”. También, consignó que “adicionalmente, la totalidad del personal que presta funciones para la Dirección, ha firmado un compromiso de confidencialidad a través del cual se compromete a no divulgar información a la que pudiera tener acceso con motivo de las tareas que desarrolla el organismo. El eventual incumplimiento de ese contrato acarrea necesariamente las sanciones penales estipuladas en la ley 25.250 y sus modificatorias” advirtió.

El juez Lijo, por su parte, señaló en su presentación que “al día de la fecha (NR: 8 de febrero según se desprende de la fecha de presentación del escrito) , no existe en el expediente ningún planteo de las partes respecto de la validez de las intervenciones telefónicas practicadas” además de informar que “en el día de ayer he realizado la denuncia ante la Excelentísima Cámara en lo Criminal y Correccional Federal para que se investigue la filtración de los audios con las escuchas que fueron ordenadas en el presente expediente”.

El petitorio de la Corte Suprema obedece a una presentación de Parrilli del lunes 7 de febrero. Y destaca el documento que el reclamo del ex secretario de la Presidencia durante la gestión de Cristina es por el conocimiento público que tomaron esas conversaciones “que pertenecerían a interceptaciones telefónicas efectuadas en el marco de la causa CFP 481/16, en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal nro. 4, a cargo del Dr. Ariel Lijo”.

El caso tomó nueva resonancia a raíz de que el juez Lijo decidió procesar a Parrilli por el presunto encubrimiento, cuando se desempeñaba como titular de la AFI, de Ibar Pérez Corradi mientras el empresario farmaceútico (supuesto autor intelectual del Triple Crimen de General Rodríguez) estuvo prófugo de la justicia. Mientras tanto, el fiscal Guillermo Marijuan pidió la detención del hombre de confianza de la ex mandataria al considerar que puede fugarse o entorpecer el avance de la causa, según los considerandos de esa presentación.

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