La Cámara de Diputados en Roma aprobó la iniciativa que ya tenía media sanción de los senadores. De esta manera, se efectivizó el decreto de Giorgia Meloni.

De esta manera, el Congreso de Italia aprobó el decreto elevado por el gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni que modifica el proceso de reconocimiento para acceder a la ciudadanía italiana.La Cámara de los Diputados aprobó esta ley con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones, culminando así su tramitación parlamentaria tras el sí del Senado del 15 de mayo. Ahora solo falta la firma del presidente de Italia, Sergio Mattarella, lo que se prevé que ocurra en las próximas horas, para que el texto se publique en el Boletín Oficial.
El Gobierno de Giorgia Meloni aprobó el 28 de marzo esta medida que limita la concesión de la nacionalidad a los descendientes de italianos que residen en el extranjero para frenar las solicitudes. La nueva legislación fue aprobada originalmente como un decreto-ley, un instrumento usado en momentos de urgencia y que debe ser revalidado por las dos cámaras parlamentarias en el plazo de 60 días. El trámite requerido concluyó este martes.En un comunicado, el Ministerio de Asuntos Exteriores italiano, que encabeza Antonio Tajani, principal impulsor de la medida, puso como ejemplo a Argentina, que tiene la mayor comunidad de inmigrantes italianos, donde 20.000 descendientes obtuvieron la nacionalidad del país europeo en 2023 en virtud del derecho de sangre, mientras que en 2024 lo hicieron 30.000.
Italia concede su nacionalidad siguiendo, entre otras vías, el principio de ‘Ius Sanguinis’, es decir, por descendencia o filiación, lo que ha hecho que muchas personas extranjeras pero descendientes de antiguos emigrantes italianos la hayan reclamado.
El decreto establece que, a partir de la reforma, los italianos nacidos en el exterior no transmitirán automáticamente a sus hijos la ciudadanía. El texto establece un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía por derecho de sangre.
Así, la ciudadanía solo puede ser reconocida a quien tenga un antepasado de primer grado (padre o madre) o de segundo grado (abuelo o abuela) nacido en Italia y no tenga otra nacionalidad. Así, sólo se concederá durante dos generaciones, es decir, si el solicitante tiene un progenitor biológico o adoptivo o un abuelo nacido en Italia.
También si el padre o madre de un solicitante nacido en el extranjero ha residido “al menos durante dos años consecutivos” en el país europeo antes de su nacimiento. La reforma termina con los reconocimientos automáticos de la ciudadanía. Hasta ahora, por ejemplo, los argentinos con pasaporte italiano podían transmitir la ciudadanía a sus hijos. Ahora, solo será posible tramitarla si los interesados tienen un padre o un abuelo nacido en Italia.
El Ciudadano
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