La condena será de 3 a 6 años años de cárcel. Las Madres del Dolor se oponen porque los homicidas pueden ser excarcelados.
Las penas podrán aumentar de 8 a 25 años en el caso en que el juez considere el accidente como homicidio simple.
La ley modifica, además, el criterio de abandono de persona que regía hasta el momento de su sanción. A partir de ahora, el abandono concierne sólo al conductor, es decir que su huida agravará su situación aunque la víctima esté en condiciones de ser asistida por otras personas. Antes la fuga no se consideraba abandono de persona si la víctima estaba acompañada.
Además, serán condenados a tres años de cárcel quienes produzcan un accidente fatal por superar en un 30 por ciento la velocidad permitida.
También esto genera controversias entre los familiares de víctimas de accidentes de tránsito porque consideran que ese margen es demasiado amplio. Si el accidente se produce en un lugar en que la máxima permitida es de 20 km por hora, conducir a 25 ya significa un peligro.
El proyecto fue aprobado por 197 a favor, 1 en contra del diputado de izquierda Juan Carlos Giordano, y hubo cuatro abstenciones, una del Movimiento Evita y tres del Frente de Izquierda de los Trabajadores (FIT).
La aprobación de la ley responde a un viejo reclamo de familiares de víctimas muertas en accidentes viales producidos por exceso de velocidad, negligencia del conductor o ingesta de alcohol superior a lo permitido, es decir 1 grado de alcohol por litro de sangre para particulares y 0,5 por litro para choferes de transporte público. Las asociaciones de víctimas consideran que estos porcentajes son excesivos.
Según lo indica Télam, el presidente de la comisión de Seguridad Interior, el radical Luis Petri, explicó que con esta ley se busca bajar el grado de «delitos viales», ya que en la Argentina «mueren 20 personas por día, es decir que hay 7500 muertes anuales» y dijo que con una legislación parecida, España pudo reducir de 7000 a 1600, la muertes en los últimos años».
«Es un cambio positivo, pero esperábamos algo más profundo, ya que no se incorporaron los delitos relacionados a seguridad vial, que son los que pueden evitar muertes. Se legisló para cuando ya la muerte ocurrió», dijo Alberto Silveira, presidente de Luchemos por la Vida.
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