Aníbal Fernández fue sobreseído en una causa relacionada al Plan Qunita

Por: Néstor Espósito

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi dispuso el sobreseimiento por “inexistencia de delito”. El ex jefe de Gabinete estaba acusado por “insolvencia fraudulenta”.

El ex jefe de Gabinete durante el anterior gobierno, Aníbal Fernández, fue sobreseído en una causa en la que estaba acusado de supuesta “insolvencia fraudulenta” para presuntamente eludir el embargo de bienes que le decretó el juez Claudio Bonadio en la causa denominada “Plan Qunita”.

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi dispuso el sobreseimiento por “inexistencia de delito” y, sin necesidad siquiera de tomarle declaración indagatoria, aclaró que la instrucción de la causa penal “en nada afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”.

Fernández estaba acusado de haber vendido dos automóviles cuando Bonadio lo había procesado y le había dictado un embargo de 440 millones de pesos por el “Plan Qunita”. El ex ministro efectivamente vendió esos dos vehículos, pero con el dinero compró otro de mayor valor que la suma de ambos, y lo registró a su nombre y dentro de su patrimonio. “No hubo actos tendientes a incumplir una obligación, ni se verificó la existencia de un fallo condenatorio firme que no fue obedecido, por lo tanto no puede considerarse que Fernández cometió el ilícito”, sentenció el juez.

“Con el producto de esas ventas registradas –que ascendió a la suma $1.104.000- adquirió otro automotor por la suma de $1.148.000”, precisó el fallo.

La fiscal federal Gabriela Baigún había impulsado la investigación para “determinar si Aníbal Domingo Fernández se insolventó en el curso de un proceso o después de una sentencia condenatoria, en perjuicio de los acreedores”, un delito que contempla penas de entre seis meses y tres años de prisión. Y a ese interrogante, el juez Martínez de Giorgi respondió: “no se concibe de qué manera la venta de esos automóviles analizados a la luz de los movimientos bancarios en la cuenta en dólares del Banco Patagonia y la adquisición del vehículo 0 por la suma de $ 1.148.000 podría frustrar el derecho de los acreedores en virtud de que no existen proceso ni sentencia condenatoria en sede civil”.

Aníbal Fernández no cometió –según el fallo- ninguna de las conductas que el Código Penal contempla para quien “maliciosamente destruyere, inutilizare, dañare, ocultare o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor, y de esta manera frustrare, en todo o en parte, el cumplimiento de las correspondientes obligaciones civiles”.

“Queda claro que la finalidad de la figura es presentar el patrimonio sin bienes suficientes para atender el pago de las obligaciones vencidas, es decir realizar una conducta material o fraudulenta sobre el propio patrimonio por medio de las cuales el deudor frustra o torna ineficaz el derecho que los acreedores tienen sobre el mismo; extremo que no ocurrió de acuerdo al análisis que se está realizando”, resumió Martínez de Giorgi.

Compartir

Entradas recientes

Estados Unidos: los contrastes de un imperio que cumplió 250 años

George Washington advirtió firmemente contra las acciones imperiales en el extranjero. Pero durante los siglos…

6 horas hace

Verónica: “A las mujeres que sufren violencia les digo siempre que no están solas”

Junto a su hija Ludmila, Verónica cuenta cómo fue el intento de femicidio que sufrió…

7 horas hace

Juliana: “Yo quisiera no tener más miedo”

Es sobreviviente de violencia de género, tiene cinco hijos y logró denunciar a su expareja.…

7 horas hace

Efecto Mundial: crecieron 2.112% las ventas de las antenas de TDA que permiten ver los partidos sin delay

Se trata de las compras realizadas en Mercado Libre, que tuvieron ujn pico a fines…

9 horas hace

Denuncian que la Policía de la Ciudad hirió en un ojo a un adolescente durante los festejos por el triunfo ante Suiza

La víctima tiene 17 años y estaba sentada junto a sus amigos cuando comenzó el…

9 horas hace