CABA: desde el lunes, el tapabocas será obligatorio en la vía pública

El gobierno porteño da un paso más después de haber decretado su uso en locales comerciales, dependencias de servicio y transporte. Ahora también se deberá usar en la calle. Las multas se mantienen y pueden llegar a los 80 mil pesos.

El gobierno porteño informó este viernes que “para prevenir contagios se amplía desde el lunes la obligatoriedad del uso del tapabocas en el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires”.

Dado el crecimiento de casos y el aumento de la circulación pública de personas, el Gobierno porteño decidió “extender el uso del tapabocas” y explicó a través de un comunicado que “se debe a que dos de cada tres personas no presentan síntomas o tienen síntomas leves y el tapabocas disminuye la posibilidad de contagio.

En el contexto del aislamiento social y preventivo, desde el 15 de abril el tapabocas es obligatorio para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público sean públicas o privadas y en medios de transporte público en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Y, desde este lunes se incluye, también, el uso del tapabocas para circular y permanecer en los espacios públicos.

A pesar de tomar esta decisión ahora, el Gobierno porteño ya había recomendado el uso de tapabocas como medida de prevención en cualquier otro ámbito o lugar.

Al respecto, desde las autoridades consideraron que “es muy útil porque el virus tiene una alta capacidad de transmisibilidad y está presente aún en personas que se han contagiado, pero no presentan síntomas”.

Y recordaron que “como tapabocas sirve cualquier elemento que pueda cubrir boca, nariz y mentón, de fabricación casera con pañuelos y telas. No hace faltan ni máscaras ni barbijos”.

La nueva resolución entrará en vigencia a las 0 horas del lunes 4 y desde ese momento será efectiva la fiscalización y denuncias al 147.

Para quienes no respeten la medida se prevén sanciones de 500 unidades fijas ($ 10.700) a 3.700 unidades fijas ($ 79.180) y/o clausura y/o inhabilitación en caso de comercios.

También recordaron que se mantiene la prohibición de la comercialización en el ámbito porteño de “los barbijos sanitarios N95 a cualquier persona que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud y a las personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio”.

El modelo de barbijo N95 está autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) para uso médico y se busca no desabastecer el mercado.

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