En ese operativo ilegal de la dictadura militar, se detuvieron a 400 personas.

El juez federal de Jujuy Esteban Hansen elevó el expediente a la etapa de debate, después de que a principios de julio pasado la Corte Suprema pusiera fin a una letanía de seis años y revocara una medida de la Cámara de Casación que obstaculizó el camino hacia esta etapa.
Además de Blaquier, el juez también dispuso el juicio oral para su lugarteniente y administrador de los ingenios en Jujuy al momento de los hechos, Alberto Enrique Lemos.
Ambos procesados llegarán a juicio acusados por complicidad con la dictadura en la “noche del apagón”, una serie de cortes generalizados de energía eléctrica entre el 20 y el 27 de julio de 1976.
En ese lapso, y la supuesta ayuda de la empresa de Blaquier –mediante la provisión de logística, especialmente vehículos- se produjeron unas 400 detenciones ilegales de estudiantes, militantes políticos de izquierda, dirigentes sociales y gremialistas.
Muchos de ellos permanecen todavía en calidad de desaparecidos.
La causa estuvo a punto de llegar a juicio en 2015, pero un fallo de los jueces de Casación Gustavo Hornos, Eduardo Riggi y Juan Carlos Gemignani frenó el proceso.
Consideraron que no existía “convicción suficiente” que permitiera acreditar que ambos imputados conocieran los hechos, y menos aún que hubieran colaborado con ellos.
El fiscal Javier De Luca apeló la decisión y la Corte se tomó seis años para resolver que la Casación tuvo una intervención “arbitraria” en el proceso, anuló su resolución y ordenó que se le imprimiera celeridad al proceso.
Hoy, el juez Hansen determinó que existen “elementos de convicción suficientes” para “elevar a juicio los presentes autos”.
Blaquier y Lemos están acusados por la “privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Luis Ramón Aredez Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián”. La decisión del juez jujeño se basó, entre otras razones, en “el excesivo tiempo transcurrido en las instancias de revisión superior”.
“Analizada la situación procesal de Carlos Pedro Blaquier y Alberto Enrique Lemos, encontrándose firme el auto de procesamiento dictado en su contra al haberse superado las instancias recursivas tentadas; habiéndose resuelto los planteos efectuados por las defensas, enunciado los elementos probatorios reunidos, las conclusiones, la calificación legal por la cual se elevará la causa a juicio y el análisis del tipo penal endilgado, corresponde, sin más trámite, disponer la continuación del presente proceso en la próxima instancia”, resumió.
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