Casación rechazó la queja de Stornelli y respaldó a Ramos Padilla

Por: Néstor Espósito

La Cámara no dio lugar a la recusación planteada por fiscal imputado y rebelde, quien pretendía desplazar al juez de Dolores de la investigación por supuesto espionaje ilegal. No tomó ninguna decisión con respecto a la competencia.

La Cámara Federal de Casación Penal le dio un nuevo aval al juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla, para que por ahora continúe al frente de la causa por presunta asociación ilícita por la que está detenido el falso abogado Marcelo D’Alessio e imputado (y rebelde) el fiscal Carlos Stornelli.

Justamente fue la recusación que había presentado Stornelli -a través de su abogado, Roberto Ribas- lo que finalmente terminó por rechazar la Sala Segunda del máximo tribunal penal del país.

Stornelli se queda, así, con un argumento menos para justificar su ausencia a cuatro llamados a prestar declaración indagatoria ante Ramos Padilla.

Los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci coincidieron en que el recurso de “queja” de Stornelli “limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre la materia en examen realizó la cámara” federal de Mar del Plata.

“La decisión censurada aparece sustentada razonablemente, dando respuesta a las cuestiones introducidas por la parte que resultaban conducentes para la solución del litigio”, sintetizaron.

Para los camaristas, no quedaron demostradas “la vulneración de garantías constitucionales o arbitrariedad”.

El juez Yacobucci, por su parte, añadió una aclaración: “Las cuestiones ventiladas en el presente incidente refieren pura y exclusivamente a la recusación intentada, y no a la cuestión de competencia, cuestión que podrá ser analizada oportunamente, de corresponder”.

La tercera jueza del tribunal, Angela Ledesma, votó en disidencia por abrir el recurso de Stornelli y analizar si efectivamente el juez Ramos Padilla obró con falta de imparcialidad.

El fallo le aplicó a Stornelli el pago de las “costas” (los gastos) de la acción procesal.

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