Un juzgado de San Martín concedió el recurso en nombre del carácter alimentario de los servicios que presta con ese financiamiento. Lo mismo logró el Vidrio y Camioneros. A las cámaras patronales tampoco les convence.

Con un golpe de mano, el equipo liderado por Federico Sturzenegger impuso una mayor restricción sobre los aportes solidarios que las organizaciones sindicales pueden percibir como resultado de la firma de un convenio con las cámaras empresarias.
Es que el proyecto de la ley del gobierno que originalmente los eliminaba, luego de una larga negociación con la CGT, admitió su existencia aunque con un tope del 2% del salario de cada trabajador conveniado.
La reglamentación, sigilosamente, aclaró que ese 2% debe ser calculado sobre el salario “básico” que, en general, representa solo una parte del salario conformado que, en algunos casos, llega a menos del 20%. Para la caja de los sindicatos el golpe puede resultar demoledor en tanto, ese aporte supera largamente lo que perciben en concepto de afiliaciones ya que alcanza a la totalidad de los trabajadores bajo convenio.
La ley de modernización puso fin al principio de ultraactividad sobre las denominadas cláusulas obligacionales que, precisamente, son las que se refieren a ese tipo de aportes y que ahora deberían revisarse en cada uno de los 800 convenios que la Secretaría de Trabajo convocó a rediscutir.
El «exceso reglamentario» en el que incurre el DNU 407 ya produjo tres medidas cautelares en su contra que dejaron sin efecto la aplicación de esos artículos de la ley de modernización en particular. Es que, el embate, argumentaron los letrados de los sindicatos del Vidrio, Camioneros y Comercio, compromete ingresos de las organizaciones que tienen un destino definido para, entre otros servicios, prestaciones sociales básicas como pueden ser sepelios, subsidios, coberturas asistenciales y de la salud de los trabajadores y que, por lo tanto, revisten un carácter de tipo “alimentario”.
En favor de esas organizaciones se pronunciaron primero el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 24, luego el N°30 y, finalmente, el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 2 de San Martín respectivamente que dejaron en suspenso la aplicación de esos artículos de la ley de modernización.
Es el gremio de la Alimentación el único que, formalmente, acató la convocatoria de Trabajo aunque con el sólo propósito de prorrogar el convenio vigente y todas sus cláusulas obligacionales. El impasse en las revisiones, más allá de la “inseguridad jurídica” que sufre toda la norma a la que refirió el cosecretario General Jorge Sola, tiene otro condimento.
Los aportes solidarios afectan del mismo modo, aunque con una alícuota menor, a las organizaciones gremiales patronales que también perciben ingresos de manera compulsiva de parte de las empresas afiliadas o amparadas en el marco del convenio que representan. Tampoco hay interés patronal para avanzar en un debate que amenaza con dejarlas sin recursos para sostener su propia estructura.
Además, claro, el proceso las obliga a atravesar conflictos con los sindicatos y trabajadores que, presumía, asumiría en forma más directa el gobierno.
El debate, además, divide al sector empresario. El ejemplo más resonante es el del sector de Comercio integrado por centenares de miles de unidades productivas. Entidades como la CAME y a la CAC defendieron y salvaron su aporte del 0,5% pero se enfrentan con otras entidades del sector que no lo perciben pero lo pagan.
La bravuconada del Ejecutivo empieza a naufragar y amenaza con entorpecer el proceso que el mismo gobierno promueve.
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