Más de 200 representantes indígenas de Argentina, Bolivia, Chile y Perú realizaron una cumbre en Jujuy para repudiar los graves impactos sociales, ambientales y culturales.

Con el apoyo del Indian Law Resource Center, los representantes de cada una de las comunidades expusieron que la actividad minera ha generado una preocupante escasez de recursos hídricos, atribuida al uso desmedido de agua por parte de las empresas, sin que exista un control efectivo por parte de los gobiernos.
La Cumbre abordó la crítica situación que enfrentan las comunidades ubicadas en el llamado «triángulo del litio», zona transfronteriza entre Argentina, Bolivia y Chile, la cual constituye la reserva de litio más grande del mundo. En especial, los representantes de las comunidades ubicadas en la provincia de Jujuy resaltaron la falta de consulta previa como práctica estatal violatoria de derechos protegidos por el derecho internacional, incluyendo la falta de consulta antes de la emisión de licencias mineras, el no uso de protocolos de consulta elaborados por las mismas comunidades (ej. Kachi Yupi), y la falta de consulta ante la adopción de medidas legislativas regresivas, tales como la reforma de la Constitución de la Provincia de Jujuy. Todo esto, a efectos de facilitar la extracción de litio en tierras bajo posesión de las comunidades. «Los pueblos originarios somos la piedra fundamental para el buen vivir del mañana», enfatizó Efrain Quispe, líder del Consejo de Gobierno de Marka Tahua en Bolivia.
Pueblo único
Al término del encuentro, los representantes indígenas firmaron un documento en el que denunciaron que los impactos de la actividad minera incluyen, entre otros, “la ruptura de la cohesión social existente en las comunidades indígenas como resultado de procesos de consulta inadecuados y corruptos, la amenaza y coerción permanente contra sus representantes y voceros a fin de callarlos e impedirles que informen a la opinión pública y comunidad internacional sobre la grave situación por la cual atraviesan las comunidades”.
«Los pueblos indígenas, en pleno ejercicio de nuestros derechos colectivos a libre determinación y a la propiedad colectiva de las tierras bajo posesión de nuestras comunidades, tenemos poder absoluto de decidir sobre toda actividad que afecte, de una u otra manera, a nuestras comunidades, tierras, territorios y recursos naturales», afirma el documento.
La declaración conjunta enfatiza la unidad fundamental de los pueblos andinos: «Nos identificamos como un único pueblo andino, sin división alguna establecida por límites fronterizos y/o afectación directa o indirecta de los proyectos de minería de litio, compartimos los mismos problemas provocados por la minería y el racismo, y adoptaremos acciones conjuntas para la protección de nuestra Madre Tierra Pachamama».
Este sentimiento de unidad se reflejó en la declaración de Jimena Cruz Mamani, representante del Consejo de Pueblos Atacameños en Chile, quien expresó: «Las comunidades indígenas no queremos ser parte de una transición energética que genera despojo territorial, contaminación y pérdida de fuentes de agua», haciendo eco del tercer principio establecido en la declaración que rechaza una transición energética que viole los derechos colectivos de los pueblos indígenas y afecte su relación espiritual con la Madre Tierra Pachamama.
Exigencias
Como parte de la declaración final, las comunidades coincidieron en exigencias claras dirigidas a diferentes actores involucrados en la explotación del litio: a los gobiernos nacionales les solicitaron la titulación inmediata de las tierras bajo posesión de las comunidades indígenas, rechazando cualquier intento de alterar las mediciones originales de las tierras ancestrales; a las empresas mineras y países interesados en la extracción de litio, el estricto cumplimiento de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas y las políticas sobre pueblos indígenas; finalmente, hacen un llamado a la comunidad internacional para que repudie y desestime toda actividad minera de litio que viole los derechos colectivos de las comunidades indígenas, exigiendo la elaboración de un instrumento de derecho internacional que, con participación indígena, establezca obligaciones específicas para la protección de sus derechos en el marco de procedimientos mineros y evaluaciones de impacto ambiental y social. «
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