La Confederación Internacional de Autores y Compositores solicitó cambios en la Ley Ómnibus

La CISAC pidió el retiro de los artículos del proyecto que modifican el régimen de las sociedades de gestión colectiva como Argentores y Sadaic, entre otras.

La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) solicitó a la Cámara de Diputados de la Nación el «retiro» de los artículos del proyecto de Ley Ómnibus que modifican el régimen de las sociedades de gestión colectiva como Argentores y Sadaic, entre otros.

«El sistema argentino actual de gestión colectiva está considerado un modelo a seguir tanto en Latinoamérica como en otros países del mundo, puesto que la gestión exclusiva por cada sociedad según el tipo de derechos ha permitido la mejor defensa de los creadores», advirtió el organismo en un documento firmado por su director regional, Rafael Fariñas.

Además, señaló que «el referido proyecto elimina la exclusividad legal que actualmente tienen las sociedades de gestión colectiva de ese querido país» por lo cual señaló que desde Cisac «sugerimos respetuosamente que se retiren los artículos 350 y 351 de la ley ómnibus ya que la aprobación afectaría gravemente los intereses de los autores nacionales y extranjeros, y solicitamos se mantenga inalterado el régimen legal vigente en la República Argentina que constituye, a todas luces, la mejor defensa para la protección de sus derechos».

La Ley Ómnibus, contra la cultura

Entre las modificaciones que plantea el proyecto de ley enviado por el Gobierno de Javier Milei al Congreso está la alteración de la Ley de Propiedad Intelectual a través de la descentralización de las entidades como Sadaic (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música), Argentores (Sociedad General de Autores de la Argentina) o Sagai (Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes), lo que generaría que estos colectivos pierdan su condición de única representación de cada rubro artístico para compartir esta tarea con otros colectivos o incluso artistas que a título individual deseen gestionar sus derechos de autor.

Se trata de la norma 11.723 que protege los derechos de autores de obras científicas, literarias, artísticas o didácticas y permite exponerlas o reproducirlas por cualquier medio, traducirla, explotarla comercialmente o autorizar a otros a hacerlo. Al mismo tiempo impide que cualquier persona no autorizada ejerza estos derechos.

Además de Sadaic, Argentores y Sagai están alcanzadas la Asociación Argentina de Intérpretes (ADDI) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (Capif) que son las que tienen la potestad de recolectar el cobro de regalías y hacer la redistribución de esos cobros a sus titulares.

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