
Este hito histórico que ocurrió en la década del ’80, vinculado a la entrega de títulos de posesión veinteañal del territorio comunitario, generó en el imaginario de las familias mapuche que poseen lotes linderos al ojo de agua Geh Lafkenel sentido estatal dela propiedad privada. Nada más alejado a la cosmovisión mapuche sobre el territorio. Dicho espacio es conocido en castellano como laguna La Azotea. Castellanizado su nombre borra la existencia de un eltuwe, cementerio mapuche a su alrededor.
La dimensión de la propiedad privada de la tierra como lógica propia del liberalismo político es encarnada por el Estado colonial y se instala como relato local desde ese hecho histórico. A partir de los años 2000, momento de remapuchización en Los Toldos, comienza a resquebrajarse dicho relato. Irrupciones discursivas y mediáticas de algunas comunidades van apareciendo en la escena pública frente a las transgresiones sucedidas en dicho espacio apoyadas por el Municipio de General Viamonte: bailantas, recitales, venta de alcohol en los espectáculos artísticos, etc. Las irrupciones intentaron poner en debate público lo que está permitido y lo que no, desde el NorAzFeleal y NorAz che, es decir el ordenamiento ético mapuche.
En Argentina está pendiente la ley nacional de territorios indígenas (Art. 17 del Código Civil y Comercial). En su reglamentación debería garantizar el uso y administración de espacios de estas características, que adquieren la categoría de espacios bioculturales sagrados, propuesta por el movimiento indígena en la región de las Américas a la UNESCO (2017 –http://crespial.org/encuentro-sobre-agua-y-espiritualidad-reservas-espirituales-de-la-humanidad-unesco-quito/) hace algunos años atrás en Cuzco.
Para caminar la resolución del conflicto actual en torno al Geh Lafken (ojo de agua) y el eltuwe (cementerio histórico mapuche) es necesario construir una nueva normatividad a nivel provincial: una ley de cementerios indígenas que dé un marco regulatorio para que las comunidades mapuche o indígenas en la provincia se den así mismas el gobierno de estos espacios sagrados, sin la intervención del gobierno local, provincial o nacional. De este modo, proyectos ajenos a los usos y costumbres propios de la cultura mapuche dejarían de existir y este volvería a ser lo que fue.
Actualmente en el resurgimiento del conflicto, el gobierno municipal de Flexas (Cambiemos) ofrece como solución, un proyecto de investigación de carácter académico sin el debido consentimiento de la totalidad de las comunidades mapuche organizadas bajo la institucionalidad argentina. (Convenio 169 OIT). No se realizó la consulta, libre, previa e informada y mucho menos hay consentimiento. Es un acción de compra-venta de ciencia al servicio del cliente de manera privada, porque ahora ni siquiera universidad nacional lo ampara.
Es necesario gestar un debate público de carácter local y provincial que arroje luz sobre todas las aristas que atraviesan la resolución pacífica del conflicto. Una de las aristas es la ética de la investigación científica, sea de la disciplina histórica, arqueo-antropológica, registros audiovisuales y fotográficos. Dicho planteo de carácter ético, debe conjugarse con el marco jurídico argentino para resguardar los derechos indígenas y además respetar el derecho mayor o ley de origen.
Las políticas de restituciones en Argentina, a partir del bicentenario (Decreto PEN 701), han ido desplegándose con decenas de errores en su implementación, dejando marcas negativas en las comunidades y sus territorios por el modo de aplicarlas (INAI). El multiculturalismo neoliberal se cristaliza en dichas restituciones.
Otra arista para abordar el problema territorial del eltuwe es la patrimonialización. Amerita poner en discusión la patrimonialización y sus consecuencias a la luz del derecho de autonomía política que gozamos los pueblos originarios. ¿Quiénes son los actores que administran los patrimonios? ¿Los pueblos originarios o los organismos multilaterales de cooperación técnica? ¿Qué experiencias en Argentina y Latinoamérica existen de patrimonializacion de territorios indígenas y qué impactos –non sanctos– generaron?
Restituir el eltuwe a las comunidades mapuche en Los Toldos debe ser una obligación del gobierno local con apoyo normativo-legal de la provincia, dada la constante intervención negativa bajo el signo político que sea el mismo. El derecho al buen vivir se conjuga con el derecho al buen morir. El descanso en el territorio que una/o ha nacido para hacerse mapuluwün (territorio-vida) es un derecho cultural o derecho fundamental. Nos merecemos no ser despojados nuevamente hoy, en la muerte física.
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