Consejo de la Magistratura: cuáles son las diferencias de los proyectos de reforma del oficialismo y la oposición

Por: Verónica Benaim

En ambos casos aumenta el peso de la corporación judicial en el cuerpo. La iniciativa del radical Mario Negri repone la composición que tuvo hasta el año 2006, cuando fue reformado por el Congreso Nacional.

En un fallo que sigue generando polémica, la Corte Suprema exhortó al Congreso a sancionar una nueva ley del Consejo de la Magistratura y le dio plazo hasta el mes de abril. A principios de diciembre, antes del fallo, el Poder Ejecutivo había enviado al Senado un proyecto proponiendo la ampliación de los integrantes del Consejo, que en la actualidad son 13. Y se dividen del siguiente modo: hay 6 que vienen del Congreso Nacional, tres de cada cámara, dos por la primera minoría y uno por la segunda. Los siete restantes son: 3 del Poder Judicial, 2 de las asociaciones de abogados, 1 del Poder Ejecutivo y 1 del ámbito académico.    

Desde Juntos por el Cambio, el jefe del bloque radical en Diputados, Mario Negri, presentó un proyecto propio. Cuáles son las diferencias y coincidencias de las iniciativas del oficialismo y la oposición.   

El proyecto que lleva la firma del presidente, Alberto Fernández, y del Jefe de Gabinete, Juan Manzur, se encuentra esperando su tratamiento en las comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales de la cámara que preside Cristina Fernández. Propone que el Consejo esté integrado por cuatro (4) jueces, seis (6) legisladores, cuatro (4) abogados de la matrícula federal, un (1) representante del Poder Ejecutivo y dos (2) representantes del ámbito académico y científico.  Y resalta la paridad de género.

Es decir que mantiene a los representantes de los poderes electos, el Congreso y el Ejecutivo, con la misma cantidad que tiene hoy. Y agrega el peso de los jueces, sumando uno, y de los abogados, agregando dos.   

El artículo 2 del proyecto se refiere a la duración de los mandatos. Establece que cada consejero durará cuatro años en su cargo y podrá ser reelegido solo una sola vez en forma consecutiva. Además, marca que todos los que sean elegidos por su calidad de jueces, legisladores, abogados y académicos “cesarán en sus cargos si se alterasen las calidades en función de las cuales fueron seleccionados”. Y aclara que en ese caso “deberán ser reemplazados por sus suplentes o por los nuevos representantes que designen los cuerpos que los eligieron para completar el mandato respectivo”. 

El artículo 4 deja asentado que los integrantes “no podrán registrar condenas penales por delitos dolosos dictadas en los últimos veinte años” y “no podrán ser consejeros las personas que hubieran desempeñado cargo o función pública jerárquica durante la última dictadura cívico-militar o respecto de quienes se verifiquen condiciones éticas opuestas al respeto por los derechos humanos”.

La propuesta de Negri, en cambio, es restituir la antigua composición del de 20 miembros presidida por el titular de la Corte Suprema. La iniciativa toma el fallo del Máximo Tribunal que declaró inconstitucional la ley impulsada por CFK en 2006.  

En cuanto a la distribución de los 20 escaños, la iniciativa establece que sea de la siguiente manera: el presidente de la Corte; 1 representante del Ejecutivo; 4 senadores, dos por el bloque con más integrantes, uno para la segunda bancada y uno para la tercera; 4 diputados, con la misma distribución que en la Cámara Alta; 4 representantes de los abogados de la matrícula federal, elegidos por los profesionales, cumpliendo con la equidad de género; y cuatro jueces,  elegidos por los magistrados, también  preservando  equidad de género. Además habría dos representantes del universo académico.

Es, en rigor, la misma proporcionalidad que tenía Consejo hasta la reforma aprobada por el Congreso en el año 2006.

 “Este proyecto no sólo busca reponer la antigua composición siguiendo las indicaciones del fallo de la Corte sino que es también un instrumento para dotar de un funcionamiento más eficiente y veloz al Consejo y por extensión a todo el Poder Judicial. Creemos que esta es una gran oportunidad que tiene el Congreso para mejorar el servicio de justicia. La sociedad reclama una justicia más veloz y transparente”, sostuvo Negri. 

Otra diferencia es que los plazos son más breves y perentorios para los expedientes. “Una denuncia contra un juez ya no podrá tramitarse durante tres años, ese plazo se reduce a doce meses. Si la comisión de disciplina no logra avanzar en ese año, el expediente debe tratarse directamente por el pleno. Además se acortan los tiempos de los concursos para suplir una de las mayores falencias que tiene hoy el Poder Judicial que son los tribunales vacantes”, agregó el diputado radical.

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