Denuncian demoras de Casación para tratar la causa por la represión del 19 y 20 de diciembre

Por: Néstor Espósito

El CELS pidió que se habilite la feria por coronavirus para que se resuelvan las apelaciones pero la Cámara volvió a dilatar una decisión. La causa llegó al tribunal de alzada en octubre de 2019.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió la habilitación de la feria judicial extraordinaria por el coronavirus y un “pronto despacho” para que la Cámara de Casación resuelva sobre las apelaciones de los condenados por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001, que precedió a la caída del gobierno de Fernando De la Rúa. Pero la Casación volvió a demorar una definición y resolvió correrle traslado a todas las partes para que opinen si debe o no abocarse a un tema que está pendiente de resolución desde octubre del año pasado.

En 2016, un tribunal oral federal condenó al ex secretario de Seguridad Enrique Mathov a cuatro años y nueve meses de prisión y al ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos a cuatro años. También fueron condenados el director general de Operaciones, Norberto Gaudiero, a tres años y medio, y el superintendente de Seguridad Metropolitana, Raúl Andreozzi, a tres años.

La denunciante original de aquella represión que causó la muerte de manifestantes en la Plaza de Mayo y sus alrededores fue la hoy diputada opositora Graciela Ocaña.

La Casación celebró el 24 de octubre del año pasado la audiencia oral de apelaciones.   El plazo máximo para dictar sentencia después de esa instancia es de 20 días. Bajo ese parámetro, la apelación debió haber sido resuelta antes de que finalizara 2019.

“El plazo previsto para dictar sentencia ya había sido holgadamente superado mucho antes de que la Corte Suprema decretara la feria judicial a raíz de emergencia sanitaria desatada por la pandemia del Coronavirus”, advirtió el CELS.

“Sabemos que se trata de una causa muy compleja, por la magnitud de los hechos, la cantidad de víctimas e imputados, y por las numerosas pruebas incorporadas. Entendemos que es posible que el cumulo de trabajo que debe afrontar el tribunal también conspire contra la posibilidad de resolver en el plazo estipulado por la ley procesal. No obstante, ha pasado un lapso prudencial para que se resuelvan los recursos en trámite”.

El CELS señaló que “no debe obviarse la naturaleza y gravedad de los hechos que fueron juzgados en esta causa, que sin dudas han conmovido a la sociedad en su conjunto y constituyen un hito de nuestra historia reciente. Tampoco puede soslayarse el tiempo que ha transcurrido desde su comisión y los obstáculos que han debido sobrellevar las víctimas para obtener la condena en juicio de estos funcionarios responsables de aquellos trágicos sucesos”.

El organismo defensor de los derechos humanos, querellante en la causa, reclamó “una pronta definición de los recursos en trámite, sin más dilaciones”.

El escrito, al que accedió Tiempo, rememoró que “el juicio oral se desarrolló durante más de dos años y declararon alrededor de 500 testigos. A lo largo de las audiencias, el relato de los testigos, la documentación incorporada y la prueba pericial mostraron la violencia inusitada que caracterizó al operativo represivo”.

“Los aportes de los testigos y, en particular, el enorme material visual acumulado dieron cuenta de la crueldad con la que se llevó adelante la intervención policial desde la mañana del 20 de diciembre de 2001. Tal como enfatizó el tribunal de juicio en su sentencia, se trató de un operativo desproporcionado en el que la Policía Federal utilizó la declaración del Estado de sitio como un cheque en blanco para desalentar con brutalidad la protesta social, en el contexto de la más grave crisis social y económica que vivió nuestro país”.

“La responsabilidad de los funcionarios condenados incluye  la orden injustificada de desalojar la Plaza de Mayo ‘cueste lo que cueste’, y de detener a gran cantidad de personas invocando ilegítimamente el dictado del Estado de sitio. La violencia policial hacia los manifestantes fue escalando hasta llegar, en horas de la tarde, a los asesinatos de Diego Lamagna, Gastón Riva, Carlos Almirón”.

Para el CELS, “la condena de Mathov, Santos, Andreozzi y Gaudiero se estructura sobre un cúmulo de pruebas que han sido bien reseñadas y críticamente examinadas en la sentencia impugnada”.

El difunto ex presidente De la Rúa quedó al margen del juicio oral. La propia Corte Suprema rechazó imputarlo.

La Sala Primera de la Casación,  encargada de resolver la apelación, está integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ángela Ledesma.

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