
Fueron varios los cambios incorporados a partir de la sanción de la ley. Uno de ellos fue la regulación de los aumentos durante el período del contrato, estableciéndose un aumento anual equivalente a un promedio entre los índices IPC y Ripte; es decir, un promedio entre la evolución de la inflación y los salarios. Este aspecto de la regulación es central, porque apunta a evitar una práctica común del mercado, que es el establecimiento de aumentos semestrales determinados discrecionalmente y de manera anticipada por el propietario al momento de la firma del contrato, en general vinculados a la inflación esperada.
En estos días, con la entrada en vigencia de los primeros aumentos establecidos por el ICL (Índice para Contratos de Locación), que es el mencionado índice establecido por la ley, promediando inflación y salarios, podemos ver su evolución comparada con otros índices y precios de la economía. Al 1 de julio de este año, el aumento anual que estipula el índice para un contrato que comenzó el 1 de julio de 2020 es del 41%. Pero para considerar su evolución relativa vamos a comparar la evolución del ICL con otros índices en las fechas disponibles que son desde julio 2020 hasta abril 2021, dado que el resto de los índices aún no se actualizan.
Desde algunos sectores plantean que la ley provoca mayor incertidumbre ya que el inquilino no sabrá cuánto va a pagar en los años subsiguientes. Pero lo que observamos es que, lejos de generar mayor incertidumbre, el índice de ajuste funciona como ancla de precios de alquiler en un contexto de aceleración de la dinámica inflacionaria y pérdida de poder adquisitivo, lo cual contribuye a estabilizar el mercado de alquileres y llevar mayor previsibilidad. En efecto, una de las virtudes del ICL es fijar un criterio objetivo para los aumentos anuales, garantizándole tanto al inquilino como al propietario que los ajustes estarán en línea con la dinámica general de los precios de la economía. «
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vos te crees que hace un año atras con el verso del gobierno que iban a domar la inflacion y con proyecciones del 29% en el presupuesto alguien iba a firmar un contrato por el 41% de ajuste, Esta ley es tan mala como lo fueron los prestamos UVA y otras yerbas indexatorias que terminan siendo peores que lo que tratan de corregir. Lo unico bueno de la ley son los 3 años y la devolucion de garantia actualizada. El tema de declarar o no es un tema de las partes y si el fisco tiene problemas que trabaje mejor