El caso involucra a la Universidad Privada Torcuato Di Tella, al Ministerio de Educación de la Ciudad, a la cartera educativa de Mendoza y al Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Esta situación altera las leyes que protegen los datos privados y que resguardan la intimidad de las personas en el ámbito porteño, estipulado en el artículo 16 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. “Una vez más, el gobierno de la ciudad usando nuestros datos, en este caso de los niños y las niñas a su antojo”, señala a Tiempo la diputada porteña del Frente de Todos (FdT) Maru Bielli, que presentó un Pedido de Informes (PdI) sobre este tema en la Legislatura.
De aprobarse el documento, el Poder Ejecutivo tendrá 30 días para responder un cuestionario de ocho puntos relacionados con la situación del “programa de tutorías telefónicas de apoyo escolar”, nombre que dio a esta iniciativa la cartera de educación local. Bielli, que además es la vicepresidenta de la Comisión de Educación de la Legislatura, mostró su preocupación por este tema que afecta a toda la comunidad educativa. “¿Con qué criterio pedagógico se realizan estas “tutorías telefónicas”? ¿En qué marcó una universidad privada juega un rol protagónico en una supuesta ‘política pública?’ ¿Cuál es la modalidad de contratación a esta universidad? Muchísimos son los interrogantes que nos generan las denuncias de las familias. Por eso pedimos información pública”, agrega Bielli.
El poder ejecutivo porteño deberá detallar en qué consiste el Programa de Tutorías Telefónicas de Apoyo Escolar en matemáticas; especificar a qué Subsecretaría y Dirección pertenece el Programa; confirmar cuál es la autoridad responsable del mismo y si cuenta con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, como lo señala la información oficial publicada en la web de la Universidad privada. Al mismo tiempo, deberá explicar cuál es la articulación del programa con las escuelas de gestión estatal y si incluye a escuelas de gestión privada. También deberá dar a conocer quiénes son las personas responsables de los llamados y las tutorías, si cuentan con formación docente y si se desempeñan en el Ministerio de Educación. La cartera que dirige Soledad Acuña, deberá especificar si existe un convenio del Ministerio de Educación con universidades privadas para implementar el Programa de Tutorías Telefónicas de Apoyo Escolar; y el presupuesto estimado a destinar en el desarrollo de dicho programa.
Entre los fundamentos que avalan el pedido de informes presentado por la diputada Maru Bielli, sobresalen tres puntos que generan preocupación en la comunidad educativa: la participación de al menos una universidad privada en el programa que posee los datos de contacto de estudiantes de escuelas de gestión estatal y que durante los llamados se releve información sobre el desempeño escolar; el abordaje pedagógico planteado, dado que en un cuestionario telefónico de quince minutos, la tutora determina la necesidad del apoyo escolar. No se cuenta con información sobre los perfiles de quienes llevan a cabo esta tarea, si carecen de formación docente, si se desempeñan como profesionales de la educación actualmente y si dependen del Ministerio de Educación; y en tercer lugar, la falta de información respecto a qué es lo que van a hacer desde la Universidad Torcuato Di Tella con toda la información relevada en relación a los/as estudiantes y su situación académica.
Violación de Datos Personales
Los datos privados de quienes viven en el ámbito porteño, cuentan con protección legislativa, y están contenidos dentro de la Ley N° 1.845 de Protección de Datos Personales. La norma tiene por objeto regular “el tratamiento de datos personales referidos a personas físicas o de existencia ideal, asentados o destinados a ser asentados en archivos, registros, bases o bancos de datos del sector público de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines de garantizar el derecho al honor, a la intimidad y a la autodeterminación informativa, de conformidad a lo establecido por el artículo 16 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”. Dentro del artículo 8 de dicha norma se establece: “queda prohibida la formación de archivos, registros, bases o bancos de datos que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles, salvo que la presente ley o cualquier otra expresamente disponga lo contrario o medie el consentimiento libre, previo, expreso, informado y por escrito del titular de los datos”.
Es por eso que uno de los puntos del pedido de informes presentado por el FdT, indaga sobre esta situación: “Indique si desde el Ministerio de Educación han proporcionado datos de padres/ madres/tutores de estudiantes de entre 10 a 13 años de las escuelas de gestión estatal de la Ciudad a universidades privadas. En caso afirmativo, mencione si cuentan con autorización previa de las familias e indique si se cumplió con lo establecido en el inciso 3, artículo 8vo de la Ley N° 1.845 de Protección de Datos Personales. Adjunte la documentación respaldatoria”.
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Hay otros aspectos muy preocupantes no mencionados: cuando un niño entra en contacto con un adulto, hay una relación muy desigual de poder. Si el adulto es el maestro del niño, tiene una cara, un responsable que también la tiene, hay un grupo de padres y de alumnos que conforman el entorno de ese contacto. Quien ese ese adulto que habla por teléfono quince minutos con mi nieto de 10/12 años? :¿ que le dice?¿quién se responsabiliza por Ello?
¿ es siempre la misma persona? ¿ qué averigua sobre mis nietos? ¿ tiene titulo de docente primaria? Son mis dudas...