El Gobierno decidirá quién puede ingresar a los estadios

El derecho de admisión pasó a manos de la cartera de Patricia Bullrich. Además, se deberá enseñar el DNI para sacar entrada y entrar a la cancha y los menores de 16 años no podrán ingresar sin la compañía de un mayor.

El derecho de admisión ya no estará en manos de los clubes, sino que pasó a ser potestad del ministerio de Seguridad. Además, se deberá enseñar el DNI para sacar entrada y entrar a la cancha y los menores de 16 años no podrán ingresar sin la compañía de un mayor. Estas son las principales medidas que publicó este martes el Gobierno Nacional, a través de dos resoluciones. La idea es que ayuden a prevenir la violencia en los estadios.

Patricia Bullrich, ministra de seguridad, consideró «un cambio» positivo poner el derecho de admisión «en manos del Estado, con aportes del Ministerio de Seguridad». Bullrich dijo en radio Nacional que «los presidentes (de los clubes) pueden aportar a la lista, pero no lo van a realizar ellos; lo vamos a poner nosotros».

La batería de medidas

El club organizador estará obligado a pedir el DNI o pasaporte de quien compre la entrada. En caso de querer comprar más de un ticket, el comprador deberá acreditar la identidad de los receptores de esas entradas. Los menores de 16 años no podrán ingresar, a menos que estén acompañados de un adulto. Además, establece un Reglamento de Prevención contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos.

El mencionado reglamento prohíbe el ingreso de banderas cuyas medidas superen 1 x 1,5 metros; exige a los clubes una serie de requerimientos para acondicionar los estadios; determina una serie de medidas para artefactos o dispositivos tecnológicos; indica la creación de la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos (DNSEF), en órbita del ministerio de Seguridad.

La DNSEF estará a cargo de los listados de personas que tendrán aplicado el derecho de admisión. Podrán ser castigadas las personas con las siguientes características:

a) Condenados o procesados por delitos cometidos «con motivo u ocasión de un espectáculo futbolístico».

b) Haber sido condenada por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión de más de tres (3) años.

c) Se encuentre sancionada respecto de una contravención cometida en un espectáculo futbolístico.

d) Cuando hubieran tenido conductas violentas contra las personas o las cosas, hayan ingresado a lugares no permitidos, entre otras, dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante y después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones y entrenamientos de los equipos.

Las medidas se aplicarán en todos los partidos organizados por AFA, Conmebol y FIFA.

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