La medida, firmada por el presidente Milei, establece que los trabajadores estatales no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo. ¿A quiénes alcanza?

La medida, firmada por el presidente de la Nación Javier Milei establece que los trabajadores estatales no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo.
El decreto aclara que la disposición no resulta aplicable a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.
De acuerdo con los considerandos de la norma, los titulares de cada jurisdicción determinarán el personal que deberá prestar servicios de guardia mínimos que aseguren el cumplimiento de los servicios esenciales. Esto implica que áreas críticas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.
El decreto se fundamenta en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo para organizar el funcionamiento de la administración pública y establece que las guardias mínimas deberán garantizar la continuidad de las prestaciones consideradas indispensables para la población.
La norma entrará en vigencia a partir de su publicación y aplicará a todos los organismos de la administración centralizada y descentralizada del Estado nacional.
Esta nota se publicó originalmente en el medio cooperativo El Ciudadano
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