La decisión, oficializada mediante la Resolución 1103/2024 publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en que la condena por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública descalifica al ex vice presidente para recibir beneficios graciables.

La decisión, oficializada mediante la Resolución 1103/2024 publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en que la condena por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública descalifica a Boudou para recibir beneficios graciables otorgados bajo la Ley 24.018.
En los considerandos de la resolución, la ANSES destacó que «la indignidad sobreviniente respecto del beneficiario de una asignación otorgada […] afecta también al derecho a la percepción de una gracia que acompañe el ejemplar desempeño de una magistratura relevante».
Además, señaló que la asignación otorgada es «una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor» y que estos valores fueron violados por conductas delictivas que perjudicaron al erario público.
El organismo subrayó que el beneficio otorgado bajo esta normativa carece de inalienabilidad e irrevocabilidad, ya que está supeditado al buen desempeño en el cargo: «El mal desempeño […] resulta jurídicamente incompatible con una conducta deshonrosa de parte del beneficiario, determinada con fuerza de verdad legal».
La resolución busca establecer un mensaje de ejemplaridad, argumentando que «la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política un significado ejemplar».
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