El proyecto de Código Penal profundiza los ataques contra el derecho a huelga

Por: Alfonso de Villalobos

La norma que discutirá el Congreso permite condenar a prisión a toda persona que "compeliere" a otra a participar de una medida de fuerza. Fuerte rechazo desde el fuero laboral.

En febrero de 2017, por decreto presidencial, se conformó la comisión para la reforma del Código Penal que tuvo un año para presentar un anteproyecto de ley al Congreso para su consideración. Presidida por el juez Mariano Borinsky, la comisión ya elaboró la propuesta para reemplazar el código vigente desde 1922.

El tratamiento del proyecto presentado ante comisiones de Diputados fue suspendido a partir de las diferencias surgidas alrededor de la despenalización del aborto luego del rechazo del Senado a la ley para su legalización.

La versión del anteproyecto que publica la Revista de Pensamiento Penal incluye un extenso articulado que aborda diferentes aspectos del derecho laboral y que, entre otros temas, avanza en la penalización del derecho a huelga.

El solo hecho de llevar al fuero penal asuntos que hacen a las relaciones laborales recibió cuestionamientos por parte de referentes del derecho laboral consultados por Tiempo.

Para el juez Enrique Arias Gibert, de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, «poner las normas relativas a la libertad del trabajo en manos de un juez penal es peligrosísimo. No tienen dimensión de lo que son las relaciones laborales. Es un ámbito donde las relaciones no son simétricas sino coactivas. Ni los penalistas mejor intencionados son capaces de interpretar la libertad de huelga».

En concreto, según explicó a este diario Claudia Ferrero, abogada penalista de la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL), que patrocinó la defensa de los delegados de prensa de Editorial Perfil, «el código vigente ya contempla en su artículo 158 penas para ‘el obrero que ejerciere violencia sobre otro para compelerlo a tomar parte en una huelga’, pero la nueva redacción (que elimina el sujeto ‘obrero’ y la palabra ‘violencia’) lo agrava totalmente porque deja un tipo penal abierto. No describe la acción, o sea el modo en que se va a compelir». Según la nueva redacción, una intervención en una asamblea podría ser entendida como «compelir».

Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas aseguró que «una reforma del Código Penal debería derogar lo que tipifica como delito algo vinculado con el ejercicio de un derecho. Pero el proyecto que circula agrava lo que existe. Los piquetes son parte del ejercicio del derecho a huelga. Está lejos de armonizarlo con la Constitución nacional, con los tratados internacionales y con el ejercicio de los derechos colectivos».

Para Ferrero, la eliminación del sujeto «obrero» busca penalizar, por ejemplo , «a un agitador que desde afuera incita a una huelga o participa de un corte de calle en solidaridad. Va en la misma línea de la definición de terrorista que incorpora el proyecto».

Cremonte señala que «quitan la ‘violencia’ que es un requisito para que exista un delito. Cualquier actitud puede ser considerada como que alguien está compeliendo a otro».

En la misma línea, el juez Arias Gibert confirmó que «se puede interpretar de manera tan laxa que cualquier estímulo a la huelga sería violatorio de la libertad para hacer huelga. Buscan escamotearle al sujeto representado la facultad de actuar a favor del representante. El sindicato no representa a los trabajadores sino al interés colectivo. Hay que pensar en más formas de tutela sindical y no en formas de considerar abstracta la libertad sindical. Porque la libertad, en términos jurídicos, es potencia de un sujeto que está sometido a una relación de poder, es un acto de emancipación».

El anteproyecto, además, en su artículo 426 penaliza a las empresas que se atrasan en el pago de la ART, algo que, a priori, podría interpretarse como una medida progresiva. Sin embargo Arias Gibert señaló que «soy escéptico. Sobran los casos de muertes de personas por problemas evitables y ningún empresario condenado por homicidio. Lo que buscan es garantizar que las ART cobren. Mientras penalizan una serie de elementos, dejan sin efecto las condenas y reducen las multas. Es fraseología», disparó. «

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