El Vaticano ahora admite que los padrinos de bautismo sean transexuales, pero «con condiciones»

Además, la Iglesia permitirá a personas gays y trans ser testigos de bodas.

La Congregación para la Doctrina de la Fe, conducida por el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, junto al papa Francisco, acaba de autorizar que personas gays y trans sean padrinos y testigos de bodas y bautismos celebrados en la Iglesia Católica

La noticia llegó a través de una carta con respuestas canónicas al obispo de San Amaro, Brasil, monseñor José Negri, en la cual el organismo doctrinario del Vaticano se mostró a favor de que las diversidades puedan ser padrinos y testigos de bautismos y matrimonios. Del mismo modo, autorizaron el bautismo de hijos de padres homosexuales o trans

La decisión llega a partir del Sínodo que, durante octubre, reunió a 364 miembros religiosos y laicos para discutir sobre el futuro de la Iglesia. Si bien la participación de minorías sexuales o de género nunca estuvo expresamente prohibida en este tipo de ceremonias, la carta del Papa termina de despejar cualquier duda o rechazo por parte de los sectores más conservadores.

La carta en cuestión, fechada el 31 de octubre, fue firmada por el papa Francisco y el cardenal Fernández, y argumenta que «un transexual -que también se haya sometido a tratamiento hormonal y cirugía de reasignación de sexo- puede recibir el bautismo, en las mismas condiciones que un hombre«. 

«En el caso de niños o adolescentes con problemas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el Bautismo». Asimismo, sostuvieron que «la Iglesia debe siempre llamar a vivir plenamente todas las implicaciones del bautismo recibido, que siempre deben ser comprendidas y desplegadas dentro de todo el itinerario de la iniciación cristiana». La carta firmada por el Papa expresó: «Ni siquiera las puertas de los Sacramentos deben cerrarse por ningún motivo». 

«En determinadas condiciones, puede ser admitido como padrino o madrina un transexual adulto que también se haya sometido a un tratamiento hormonal y a una operación quirúrgica. Sin embargo, dado que esta tarea no constituye un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita si existe peligro de escándalo, de legitimación indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial», aclararon.

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