La normativa indicó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias que supere los valores autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios.

La normativa indicó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas.
Por otra parte, las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de esta autorización, deberán ser comunicadas a Enacom al momento de su aplicación. En el caso de que el usuario no abone su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Para la modalidad prepaga, se establecieron a partir del 1° de mayo de 2022 valores máximos para la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día $ 27,40; segundo de voz $ 0,42 y mensajes de texto (SMS) $ 5,50; en todos los casos con impuestos incluidos. Y a partir del 1° de julio la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 30; el segundo de voz $ 0,46; y SMS $ 6.
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