La estrategia legal de la CGT se dobla pero (por ahora) no se rompe: define la Corte Suprema

Por: Alfonso de Villalobos

El juez Raúl Ojeda rechazó el pedido de inhibitoria para que la reforma laboral la trate el fuero contencioso y administrativo. El gobierno, errático, apuesta ahora a un rescate del máximo tribunal.

“No nos equivocamos en ningún paso”, fue la frase elegida por Cristian Jerónimo, cosecretario General de la CGT, para celebrar el fallo del Juzgado Nacional del Trabajo 63 que dio lugar a la cautelar presentada por la central obrera. El fallo del juez Raúl Ojeda suspendió la aplicación de 82 artículos de la ley de “modernización laboral”.

El juez definió dos aspectos clave del debate sobre la constitucionalidad de la ley. En primer lugar, reconoció la “legitimación” de la CGT para actuar en representación de los presuntos afectados y, en segundo lugar, la competencia del fuero laboral para determinarla.

La respuesta del gobierno llegó a dos bandas. Por un lado, la jueza Macarena Marra Giménez, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12, por pedido de la ministra Sandra Pettovello, cursó una inhibitoria al juez Ojeda proclamando la competencia de su fuero. El pedido se fundamentó en que se trata de una norma referida al funcionamiento del Estado. Según lo establecen los procedimientos judiciales, la inhibitoria pasará a consideración de alguna de las salas de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

En paralelo, el gobierno actuó sobre la Corte Suprema pidiendo un recurso extraordinario de per saltum capaz de acelerar instancias y dejar sin efecto la suspensión dictada por Ojeda.

Pablo Topet, cabeza del equipo jurídico de la CGT detalló a Tiempo que “hay tres situaciones en paralelo. El Juzgado del Trabajo está tramitando la acción declarativa. Aceptaron la intervención de la Unión Industrial y ha pedido al gobierno que indique quiénes están en el Consejo de la Productividad para evaluar su incorporación”. Por otro lado, dijo antes de conocerse el rechazo de Ojeda, “el juzgado tiene que resolver el pedido de inhibitoria que le hizo la jueza en lo contencioso administrativo. Si la acepta debe enviar el expediente. Si no, hay que resolver porque hay dos tribunales que entienden ser competentes. Como el primero que previno es el juzgado laboral, lo tiene que resolver la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo”.  Además, aclaró, “la CGT recurrió la decisión de la jueza en lo contencioso administrativo”. Por último, “el gobierno presentó un recurso extraordinario en per saltum. No hay antecedentes de una intervención de la Corte en materia de medidas cautelares”.

Nahuel Altieri, abogado laboralista y profesor de la UBA, explicó que “los recursos se interponen cuando hay en juego cuestiones constitucionales urgentes y de máxima importancia”. La intervención del tribunal, opinó, “es una cuestión más política que jurídica. No existen antecedentes donde la Corte tome esta clase de casos”.

Es que, puntualizó, la legislación indica que “las medidas cautelares no se suspenden cuando hay sujetos vulnerables. Hay que ver si la Corte contradice sus propios fallos o sigue considerando al trabajador como vulnerable”.

Sin embargo, especuló, “el gobierno quizá se tira a la pileta sabiendo que hay agua” y advirtió que “negocian todo el tiempo. Ya acordaron que, por este año, no van integrar la Corte con los dos miembros faltantes concediendo mucho más poder a los tres actuales. Entran en juego un montón de cuestiones que se negociarán en paralelo al momento de decidir sobre la suspensión”.

Para Altieri, además, “el gobierno actuó en forma muy desprolija. Primero apeló la cautelar en sede laboral y a la vez actuó en el contencioso administrativo. Con el per saltum ahora dice: ‘me arrepiento de lo actuado, pido que sea la Corte la que lo trate’”. Además, denunció, “hay una falla técnica: el procurador Sebastián Amerio no puede actuar como abogado patrocinante del Estado. Está expresamente excluido por la ley 23.187 y por esa razón el juez Ojeda mandó una notificación al Colegio Público de Abogados para que tome intervención ante esta falta procesal cometida por el procurador general”.

La CGT congeló el plan de acción y organiza un acto “ecuménico” el 30 de abril en Plaza de Mayo. Así, concentra su estrategia en el siempre impredecible plano legal: un pleno a Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti. «

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