Por primera vez en la historia, un hombre será juzgado por la figura legal de femicidio.

El hallazgo del cadáver se produjo cuando una amiga de la víctima fue a la policía y le declaró que le extrañaba que Mariela no le contestara sus llamadas y mensajes, ya que tenían una comunicación fluida. Y dijo que temía algo porque sabía que la pareja de la chica la había amenazado.
Mariela fue ahorcada con una riñonera en el interior de su vivienda de la ciudad de Resistencia en el mes de julio. Por el femicidio la Justicia detuvo a su concubino, Facundo López.
Los vecinos contaron a los investigadores que durante la tarde que ocurrió el crimen se había escuchado una fuerte discusión entre la mujer y su pareja. Y que tras haber ocurrido el violento episodio, López se subió a un colectivo y huyó pero luego fue capturado.
La causa fue caratulada por primera vez en esta provincia como femicidio. Este caso marca un antes y un después en la historia del Poder Judicial de Chaco. Se logró aplicar la categoría instalada en el lenguaje judicial que se originó tras la gran continuidad de mujeres asesinadas en un contexto de violencia de género.
El abogado, Sergio Paulo Pereyra, hizo la correspondiente presentación este martes en la Fiscalía General. En el escrito pidió el reconocimiento legal para intervenir como querellante particular. Por lo cual la seguridad jurídica permite su intervención de acuerdo a lo normado en el artículo 8 del Código Procesal Penal de la provincia de Chaco.
Las militantes del Colectivo NiUnaMenos Resistencia se movilizaron hasta obtener una reunión con el secretario general de Derechos Humanos, Juan Carlos Goya, y los familiares de la víctima. Allí exigieron que el Estado intervenga en el asunto y se juzgue y condene correctamente al femicida.
A partir de la presente resolución, el Estado provincial tiene la obligación internacional de intervenir de oficio en este tipo de causas para garantizar el proceso y la investigación judicial.
López permanece detenido e imputado por el delito homicidio doblemente calificado por el vínculo y femicidio, según lo establecido en el artículo 80, inciso 1 y 11 del Código Penal argentino.
Esta aplicación en la justicia chaqueña fue posible por la intervención del comité de Derechos Humanos de la ONU, quien ordenó que sea el Estado provincial el que garantice protección y justicia a todas aquellas mujeres que sean víctimas de violencia de género y el femicidio.
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