La nueva postergación del Gobierno nacional introduce un problema adicional: la prolongación de una anomalía jurídica y organizacional que afecta el funcionamiento mismo del sistema de justicia federal.

Las razones que desmienten cualquier excusa para seguir postergando la reforma de la Justicia Federal y, en particular, de Comodoro Py, ya son conocidas . Ya hemos dicho que el argumento de la falta de recursos no se corresponde con los datos de la realidad. También señalamos las suspicacias que despierta que el Gobierno, acorralado por casos de corrupción, le conceda a los fiscales que lo investigan la persistencia de un sistema que facilita la manipulación política de ese tipo de causas y su extensión en el tiempo, hasta por décadas.
Pero más allá de esas discusiones, la nueva postergación introduce ahora un problema adicional: la prolongación de una anomalía jurídica y organizacional que afecta el funcionamiento mismo del sistema de justicia federal.
Actualmente, coexisten en el país dos sistemas procesales de características opuestas:
Desde 2024, esta situación se profundizó, generando un esquema en el que prácticamente la mitad del país opera bajo un modelo y la otra mitad bajo otro. A esto se suma la aplicación parcial y fragmentaria de algunas disposiciones del nuevo Código en distritos que continúan regidos por el sistema anterior.
El resultado es un sistema federal que, pese a ser único, funciona bajo reglas y modelos de organización distintos según la jurisdicción.
Las consecuencias de esta situación no son meramente formales. Mientras en algunas jurisdicciones los operadores deben investigar y litigar bajo plazos estrictos, con exigencias probatorias propias de la oralidad, en otras continúan trabajando bajo un modelo que permite extender procesos durante años y donde menos del 2% de los casos obtiene una respuesta relevante.
Esta diferencia impacta directamente en la calidad del servicio de justicia, dificulta el imprescindible trabajo interjurisdiccional y afecta la asignación de los recursos institucionales, que naturalmente se concentrarán en los distritos en donde los plazos sí son obligatorios. Esto genera, en los hechos, distintos niveles de calidad judicial según el lugar del país en el que se tramite un caso. Así, defensores de distintas jurisdicciones de los distritos postergados podrían comenzar a alegar, con cada vez más sustento, la aplicación de ciertas garantías mejor reguladas en el CPPF, causando un verdadero caos normativo.
Extender este esquema más allá del nuevo plazo previsto para febrero de 2027 implica profundizar esa fragmentación y avanzar hacia un escenario de desintegración del sistema judicial federal. Por eso, es imprescindible que, a diferencia de las prórrogas anteriores, este nuevo plazo se utilice para resolver de manera efectiva los problemas que se han invocado.
Esto requiere que el Gobierno, la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura y los Ministerios Públicos asuman, de manera coordinada, un plan de trabajo concreto. Entre las medidas que deberían adoptarse, se destacan:
En la Procuración General de la Nación:
En el Poder Judicial:
A nivel interinstitucional:
La Justicia Federal está muy cerca de naturalizar un caos normativo que divide al país entre jurisdicciones de primera y jurisdicciones de segunda. Estos 10 meses tal vez sean la última oportunidad de evitar que esa fragmentación sea definitiva. Es necesario aprovecharlos para, de una vez por todas, ponerle fin a esta anomalía.
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