Luego de que el Gobierno presente un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para que intervenga de manera directa en el conflicto judicial, el juez laboral denegó el pedido de inhibitoria solicitado por un juzgado de primera instancia en lo contencioso administrativo, que pretendía quedarse con el expediente que impulsó la CGT.

En su fallo, el titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, retomó la opinión del fiscal Javier Fernández Madrid que se expidió en rechazo al pedido de inhibitoria: “Dada la especificidad del asunto, habilita, sin hesitación alguna, la actuación de este Fuero del Trabajo”, indica.
En ese sentido, en la parte resolutiva indica: “He descartado que la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resulte competente tanto en razón de la persona como en razón de la materia”. Y concluye: “he de ratificar la competencia de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en la presente”.
El jueves, el Gobierno nacional presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para que intervenga de manera directa en el conflicto judicial por la reforma laboral y deje sin efecto la suspensión de varios artículos clave de la norma. La presentación se realizó mediante un «per saltum», un mecanismo que permite saltear instancias judiciales intermedias y llevar el caso directamente al máximo tribunal, en busca de una resolución urgente.
El tironeo entre los fueros por quedarse con el expediente se produjo luego de que el juez Ojeda dictara el 30 de marzo pasado una suspensión provisoria sobre decenas de modificaciones introducidas en alrededor de 80 artículos de la Reforma aprobada por el Congreso el 27 de febrero pasado.
Ese freno judicial llegó tras una acción declarativa presentada por los tres secretarios generales de la CGT Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo y alcanzó artículos que reducen el ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo, eliminan el principio de irrenunciabilidad y flexibilizan la jornada, entre otras disposiciones que el tribunal consideró, en una primera valoración, susceptibles de afectar derechos constitucionales de los trabajadores.
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