La Corte consideró responsable al Estado por la muerte de una persona en un río patagónico

Por: Néstor Espósito

Fue en el caso de una niña que se ahogó en Lago Puelo. El fallo es un antecedente en la causa Maldonado: a pesar de que no ocurrió en el marco de una represión, Parques Nacionales fue responsabilizado por la seguridad de la chica.

Un fallo de la Corte Suprema estableció la responsabilidad del Estado (cuanto menos, la responsabilidad civil) en una muerte ocurrida en un río patagónico, en circunstancias que muestran muchos puntos de contactos con la forma en que falleció Santiago Maldonado.

El máximo tribunal, en un fallo firmado por la vieja guardia (Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda) ratificó la condena contra el Estado Nacional, a través de Parques Nacionales, y contra la Municipalidad de El Hoyo, por la muerte, el 30 de enero de 2008, de la niña Jenifer Vargas. La pequeña había ido con sus padres a un recreo informal a orillas del Lago Puelo, a la altura de la desembocadura del río Epuyén. La correntada la arrastró, a ella y a dos hermanas. Jenifer se ahogó y su cuerpito fue hallado al día siguiente, a 24 metros de profundidad.

Pese a que no hubo gendarmes persiguiendo, ni arrojando piedras o disparando armas de fuego, ni desalojando rutas, el Estado fue considerado responsable por la muerte. El fallo de primera instancia fue dictado por el juzgado federal de Esquel, que apenas se había creado y todavía no tenía juez designado. De hecho, el primer juez federal de Esquel fue Guido Otranto, en 2011, el primero que tuvo a su cargo la causa por Maldonado.

La condena fue confirmada por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, donde ya se desempeñaba el camarista Javier Leal de Ibarra, un hombre cercano a Lorenzetti y artífice de la decisión judicial que resolvió apartar a Otranto de la investigación por la muerte de Santiago Maldonado.

El fallo ratificado ahora por la Corte no habla de responsabilidades penales. Sólo enumera una serie de cuestiones del Derecho Civil que ponen en claro que el Estado tiene responsabilidad sobre la vida de los habitantes, y debe extremar las precauciones para evitar el deceso. Ello, claramente, no ocurrió en el caso de Jenifer Vargas. ¿De qué manera podría un nuevo fallo decir que el Estado es responsable por una niña que se ahoga por la correntada y no lo es por la de un manifestante que apoyaba la causa mapuche que sucumbió escapando de la persecución de la Gendarmería?

A diferencia de los compañeros de Maldonado, quienes conocían el río y sortearon sus trampas, las dos hermanas de Jenifer salvaron sus vidas gracias a turistas que consiguieron ayudarlas. Pero también por ellas, aunque sobrevivieron, el Estado fue considerado responsable.

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