El máximo tribunal definió por unanimidad que la composición no respeta el “equilibrio” de los sectores en el organismo que selecciona, sanciona y remueve magistrados.

Por unanimidad, el máximo tribunal definió, quince años después, que la composición no respeta el «equilibrio» de los sectores que seleccionan, sancionan y remueven magistrados, y dispuso que el Congreso una normativa que lo regule y el Consejo vuelva a integrarse en 20 si la la ley no se sanciona antes de los 120 días corridos.
«Exhortar al Congreso de la Nación para que en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura de la Nación», dispuso la Corte en el punto dos de la parte resolutiva del fallo.
En cuanto al Consejo, los ministros de la Corte concedieron hasta el 14 de abril del 2022 para que «disponga lo necesario para la integración del órgano» y que convoque a los organismos que representan a abogados, jueces y académicos para que elijan a los nuevos miembros.
«Transcurrido dicho plazo sin que se haya completado la integración mencionada, los actos dictados por el Consejo de la Magistratura serán nulos», ordenó el alto tribunal.
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