Rodríguez Lastra fue responsabilizado por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El juez a cargo del caso fue Álvaro Meynet quien informó el veredicto pero definirá en las próximas semanas la pena, que puede ir de un mes a dos años de prisión e inhabilitación para seguir ejerciendo como médico.
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La joven llegó el 2 de abril de 2017 a atenderse al hospital Pedro Moguillansky de la ciudad de Cipoletti, donde Rodríguez Lastra era jefe del servicio de Ginecología del hospital.
El médico contó que resolvió impedir que el aborto se produzca por lo que la joven tuvo que seguir adelante con el embarazo y el bebé fue dado en adopción.
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Con esa decisión, Rodríguez Lastra incumplió lo indicado por la ley provincial 4.796, el decreto provincial 182/2016 y la ley nacional 26.485. Por ese motivo fue denunciado por la diputada por Río Negro, Marta Milessi, impulsora de la ley provincial que regula los casos de abortos no punibles.
En su duro alegato, el fiscal Santiago Márquez Gauna consideró que Rodríguez Lastra ejerció «violencia obstétrica» y que puso su voluntad por encima de la de la paciente. Dijo que «la tuvieron de incubadora humana» porque «las mismas personas que le negaron el derecho (a abortar) decidieron cuándo iba a parir». Y concluyó que «la única razón por la cual (el médico) actuó como actuó es que no comulga con los derechos de las mujeres».
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