La Justicia declaró ilegales las rejas en la Plaza de Mayo

El gobierno porteño deberá modificar la ley y retirarlas, según el plazo que determina el fallo a favor del Observatorio del Derecho a la Ciudad. En su momento, los organismos de Derechos Humanos habían presentado férrea oposición a la instalación de las mismas.

Ante una demanda encabezada por Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, la justicia porteña declaró ilegal la instalación de rejas en la Plaza de Mayo que efectuó el gobierno de la Horacio Rodríguez Larreta en la reforma integral realizada el año pasado.

En su fallo, Osvaldo Otheguy, juez Contencioso Administrativo y Tributario de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinó la «ilegitimidad de la instalación de rejas en la Plaza de Mayo por haberse realizado sin respetar el artículo 4.1.2.2.1 del Código de Planeamiento Urbano».

Dicho artículo establece que en el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes y que todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo del Plan Urbano Ambientaly aprobado por la Legislatura, algo que no sucedió cuando el gobierno porteño llevó a cabo las modificaciones al espacio público entre fines de 2017 y principios de 2018.

En mayo del año pasado, el Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH) había presentado para que de manera inmediata retirara. El pedido había sido presentado junto a organismos de derechos humanos, tales como Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Familiares de Detenidos y Desaparecidos, HIJOS, Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), Familiares y compañeros de los 12 de la Iglesia de la Santa Cruz, Asociación Buena Memoria, Hijas e hijos del exilio, entre otros.

A pesar del revés judicial contra el Gobierno de la Ciudad, el juez dejó abierta una puerta para mantener las rejas tal como están. Otheguy falló «otorgando a la demandada un plazo de 90 (noventa) días contados a partir de que la presente sentencia quede firme, para la sanción de una ley que apruebe la instalación de las rejas en la Plaza de Mayo de modo tal que cumpla con el artículo 4.1.2.2.1 del recientemente sancionado Código Urbanístico». Y determina que si eso no sucede dentro de los plazos, recién en ese momento ordenará «retirar las rejas en cuestión, de modo tal que se concrete el restablecimiento del estado anterior de la Plaza de Mayo».

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