El Juzgado Federal de Seguridad Social Nº 8, a cargo de la jueza Adriana Cammarata falló a favor de los beneficiarios tras considerarla una acción ilegitima y describió el recorte del Gobierno como “lesivo, con arbitrariedad e ilegitimidad manifiestas".

“El Estado debe restituir en un plazo de diez días las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en todo el territorio nacional, con excepción de Viedma (donde cursa otra causa por el mismo tema). El fallo comprende a todas las pensiones que fueron suspendidas o interrumpidas desde enero de 2017, incluso aquellas en la que el mismo beneficiario optó por dejar la prestación para poder continuar con otra.
En noviembre del año pasado, la Cámara de Seguridad Social ya le había ordenado a Carolina Stanley, ministra de Salud y Desarrollo Social, restituir las pensiones canceladas mientras la causa judicial avanzaba. Con este fallo, las prestaciones deberán ser restituidas de forma definitiva.
El fallo no incluye pensiones suspendidas en 2016 por lo que se apelará ese apartado. En tanto, quienes sí queden alcanzados por el fallo deberán hacer la denuncia con el nombre y domicilio de los beneficiarios, su tipo y número de beneficio, la fecha original del otorgamiento de la prestación, la fecha de baja, suspensión o pago interrumpido y la fecha de restitución.
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