Fue dispuesto por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, luego de un reclamo del extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray, quien denunció a la exdiputada PRO y actual titular de la Oficina Anticorrupción.
Esto ocurre luego de que la Oficina Anticorrupción se presentara como querellante en la causa por presunto enriquecimiento ilícito contra Echegaray.
Los camaristas advirtieron que el planteo no fue debidamente analizado por el juez federal Sebastián Casanello y ordenaron que se revea y que se le pida la opinión a la fiscalía para determinar si debe abrirse una investigación. El eje, aquí, no se pone en cuáles son los casos en que sí se involucró el organismo como querellante, entre otros supuestos sino en aquellos en que dejó o deja de hacerlo, advirtieron.
Luego, la Cámara aseguró que no ha recibido respuesta la pretensión (de Echegaray) de que se inicie una pesquisa para determinar si pudo haber existido un actuar arbitrario configurativo de abuso de poder, y aclaró que el juez Casanello también deberá definir si, con relación a la hipótesis así planteada, concurre o no en cabeza de Echegaray un perjuicio directo que lo habilite a constituirse en querellante.
Por otra parte, en el fallo, la Sala II se pronunció por confirmar la desestimación de un hecho denunciado por Ricardo Echegaray contra el organismo y se descartó la comisión de cualquier delito con relación a la presentación de un informe de la Oficina Anticorrupción en el marco de una causa del Juzgado Federal n° 12 seguida contra Echegaray por enriquecimiento ilícito.
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