La Justicia revocó el procesamiento a Laura Alonso y Juan José Aranguren

Por: Néstor Espósito

La Cámara Federal dispuso falta de mérito para los funcionarios y determinó que los procesamientos fueron demasiado "temprano".

La Cámara Federal porteña revocó los procesamientos del ex ministro de Energía durante el gobierno de Mauricio Macri, Juan José Aranguren, y la ex titular de la Oficina Anticorrupción (OA) Laura Alonso, por presunto favorecimiento a la petrolera multinacional Shell en la importación de combustibles en los albores del gobierno de Cambiemos.

Los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia dispusieron la falta de mérito para ambos ex funcionarios,los tras considerar “prematuros” los procesamientos que había dictado a fines del año pasado el juez de primera instancia Luis Rodríguez.

El fallo sostiene que si bien “se mantiene una situación de duda sobre el cariz (delictivo o no) de la conducta de Aranguren, que amerita investigar seriamente si concurrió de su parte un interés ilícito” en la importación de combustibles, la investigación hasta ahora  no ha despejado esa incógnita.

“Por ello, el procesamiento dictado es prematuro”, resumieron los camaristas.

El fallo recuerda que “el eje de ambas imputaciones contra Aranguren radica en si, al ejercer como Ministro, existió de su parte una conducta (sea activa o de omisión) que tuviera el objeto de beneficiar a una empresa privada (con la que tenía un vínculo laboral previo y accionario no expresamente vedado para un funcionario público), en abandono de los intereses estatales”.

Aunque para el juez Rodríguez existían indicios certeros sobre esa situación, la Cámara subrayó que “no basta con el (eventual) conflicto de interés de naturaleza administrativa”.

“Es necesaria una demostración adicional, de un acto desviado por la prosecución de un interés espurio, o sea: al tomar, el funcionario, en la actuación administrativa… una injerencia orientada al beneficio (injerencia de aprovechamiento), condicionando la voluntad negocial de la administración, por la inserción de un interés particular”.

Esa situación debe quedar demostrada en la instrucción de la causa como condición para el procesamiento.

Sin embargo –destaca el fallo- “la actividad de instrucción que antecedió al procesamiento no ha cumplido con ese objetivo y, a la fecha, se carece de indicios que sostengan probatoriamente la resolución dictada en dichas condiciones”.

“Ciertamente hay interrogantes que resulta imprescindible realizarse. Pero el expediente muestra que los encargados de investigar aún no se los han formulado. Menos todavía, los han contestado”.

“El principal –añade la resolución- tiene que ver con la posibilidad de involucramiento de Aranguren en aras de beneficiar a la empresa”.

La Cámara sugirió una batería de medidas que insumirán un largo tiempo hasta que Rodríguez esté en condiciones nuevamente de dictar una resolución sobre Alonso y Aranguren.

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