Mediante un escrito presentado ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, la oficina a cargo de Carlos Zanini solicitó el levantamiento de la medida por "falta de competencia, a más de no encontrarse reunidos los requisitos para su dictado”.

La Procuración calificó el fallo emitido anoche por un tribunal local como “un acto de suma gravedad institucional que pone en riesgo la salud general”. Además, los abogados del Estado reclamaron que por “idéntico planteo por vía de inhibitoria” sean rechazados todos los planteos de suspensión del decreto de necesidad y urgencia 241/2021, que estableció las medidas de contención a la veloz propagación del virus. Ello, “teniendo a la vista que la velocidad en el crecimiento de los contagios en el marco de la segunda ola de la pandemia de COVID-19 ha exhibido, a nivel internacional, escenarios dramáticos en términos de consecuencias para la vida y la salud de las personas”.
El documento, de unas 70 páginas, denuncia también “la gravedad institucional y el escándalo jurídico que las presentes actuaciones significan, atento a que, ello implica la suspensión en una jurisdicción local de normas de naturaleza federal, inaudita parte”. El fallo de la Cámara porteña, difundido anoche, “afecta el poder de policía sanitaria en el marco de una emergencia sanitaria internacional”.
En cuanto a las razones por las cuales fueron adoptadas las restricciones, el escrito explica que “el inicio de las actividades escolares presenciales, el uso de transporte público de pasajeros y pasajeras en el AMBA se incrementó en un 25 por ciento, según datos aportados por el Ministerio de Transporte”. Ese dato refuta la argumentación del gobierno porteño, que insiste en que las escuelas no son foco de contagio.
El gobierno nacional coincide con ese diagnóstico, pero advierte sobre todo el movimiento que se genera en torno a las clases presenciales por el desplazamiento no sólo de alumnos, sino de padres, transportistas, personal docente y no docente, y el uso del servicio público de pasajeros. “En momentos de alta circulación del virus, la reducción transitoria de la circulación de personas en el AMBA, relacionadas con las actividades de educación presencial, coadyuva a ralentizar la velocidad de transmisión del virus en un momento de crecimiento exponencial de casos en la región y ante la necesidad de prevenir la saturación del sistema de salud”.
El documento hace hincapié, también en la contradicción del gobierno porteño, que por un lado se presentó ante la Corte Suprema y, por el otro, buscó un fallo favorable en un tribunal local, de menor jerarquía institucional.
El texto subraya “la contradicción del propio Gobierno local, por cuanto interponía una acción ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, al mismo tiempo, solicitaba la intervención de ese fuero local”. “Al momento de la resolución, la Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema (Laura Monti, ndr) ya había dictaminado la competencia de la Corte en la materia”, subrayó la Procuración.
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