Los concurrentes deberán informar sus datos personales y además, obtener una credencial para ingresar.

La resolución 302 del Ministerio de Seguridad, publicada el lunes por la mañana en el Boletín Oficial, busca “desalentar desórdenes mediante la prohibición de concurrencia”.
El registro contendrá nombre y apellido del concurrente, DNI, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, género y foto.
Esa información deberá ser confrontada con las bases de datos suministradas por los registros Público de Actuaciones Administrativas, de Antecedentes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y Nacional de las Personas “para su cotejo en relación a las medidas restrictivas de ingreso en vigencia o por el ejercicio del derecho de admisión”.
“El espectador que fuera alcanzado con alguna medida restrictiva de concurrencia o afectado por el ejercicio del derecho de admisión con posterioridad a la emisión de su credencial identificatoria, no podrá ingresar al evento. La información deberá estar actualizada en los dispositivos de control, recayendo en el organizador la obligación de su comunicación al Recoem”, detallaron.
De acuerdo a la resolución, que comenzará a regir en 60 días, el organizador del evento «estará también a cargo de la emisión de la credencial identificatoria del concurrente”.
Asimismo, el organizador “deberá almacenar la información del evento por un plazo no inferior a 60 días”, completaron.
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