Quiénes son Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, los elegidos de Milei para la Corte Suprema

Por: Néstor Espósito

En detalle, los perfiles del actual juez federal y el catedrático de Universidad Austral.

Las dos propuestas que formuló este miércoles el gobierno de Javier Milei para cubrir la actual vacante en la Corte y la que se producirá en diciembre, cuando cesará en el cargo por cumplir 75 años de edad Juan Carlos Maqueda, parecen una estrategia de mediano plazo para reorganizar la cabeza del Poder Judicial.  El juez federal Ariel Lijo y el catedrático y constitucionalista Manuel García Mansilla no están, a priori, en sintonía con la troika dominante actual: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y el propio Maqueda.

Lijo, un histórico juez de Comodoro Py conocido por haber llevado adelante la Causa Ciccone que encarceló al ex vicepresidente Amado Boudou, es  resistido por sectores de la política, especialmente la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió.

Le objetan, más que sus condiciones técnicas y sus conocimientos jurídicos, el vínculo con su hermano Alfredo “Fredy” Lijo, que en los ámbitos tribunalicios excede largamente lo fraternal. 

Lijo es un juez cercano al ex presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti, hoy en minoría (y en ocasiones en abierto enfrentamiento) con la conducción de Rosatti. Incluso llegó a pedir públicamente el apartamiento de su lugarteniente,  el periodista Silvio Robles, mano derecha del hoy presidente de la Corte.

Lijo tiene también la subrogancia de María Servini como juez electoral y desde allí también supo construir poder interno en los tribunales de Retiro. Simpático, entrador, dueño de una inocultable cuota de carisma, sus colegas que podrían contarle una por una todas sus costillas prefieren no hacerlo.

Cuando en el Consejo de la Magistratura aparecieron algunos intentos de avanzar con un pedido de juicio político en su contra, durante el gobierno de Mauricio Macri, la protección provino del ala PRO de lo que entonces era Cambiemos, especialmente del entonces ministro de Justicia, Germán Garavano. 

García Mansilla proviene  del ámbito académico y es, ideológicamente, el más cercano a La Libertad Avanza. Es decano de Derecho de la Universidad Austral, la misma de la que proviene Rosenkrantz, quien incluso estuvo en el jurado evaluador cuando el candidato a juez de la Corte recibió su doctorado en esa casa de algos estudios. 

El día antes que se conociera su nombre como candidato a la Corte estuvo reunido con Lorenzetti. En una formación de cinco, la mayoría es tres. Hoy: Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda. ¿En diciembre Lorenzetti, Lijo, García Mansilla? 

García Mansilla se presenta sin ambages como especialista en negociaciones complejas en materia de contratos energéticos, siempre desde  el lado de las empresas. Acaso se trate de una causal de inhibitoria a futuro, porque la Corte tiene decenas de causas de empresas petroleras y energéticas. Además, su CV lo identifica como constitucionalista.

Su perfil es claramente antikirchnerista, más que antiperonista.  En ese sentido, dos casos paradigmáticos lo muestran con una mirada con distintos grados de indulgencia según la cara del cliente. Cuando la jueza de la Cámara de Casación Ana María Figueroa intentó continuar en el cargo después de cumplir 75 años de edad y la Corte le cortó las alas de un hachazo, García Mansilla coincidió y aplaudió la decisión. Como contrapartida, a principios de 2016 avaló la designación por decreto de Rosatti y Rosenkrantz como jueces de la Corte. 

“Si bien es cierto que esta medida puede ser criticada desde una perspectiva política (por ejemplo, se podría plantear que era mejor esperar al comienzo de las sesiones ordinarias en 2016 o que era preferible llamar a extraordinarias), no ocurre lo mismo desde el punto de vista constitucional: se trata de una decisión inobjetable. ¿Por qué? Porque estamos frente al ejercicio de una atribución que la Constitución reconoce expresamente al Presidente de la Nación. En efecto, el artículo 99, inciso 19 de la Constitución establece que el Presidente ‘puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura’. Entiendo que las críticas a estos nombramientos en comisión esconden una errónea comprensión del mecanismo de separación de poderes con frenos y contrapesos que establece nuestra Constitución”, opinó por entonces. 

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  • la ley de cupo (x sexo de nacimiento) NO vale en este caso? Cuestión de CASTA y PRIVILEGIOS. Y AMIGOTES.

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