Los impactos de la decisión de la Suprema Corte Bonaerense de suspender las domiciliarias por coronavirus

Por: Néstor Espósito

El máximo tribunal bonaerense admitió una apelación del fiscal Carlos Altuve y suspendió provisoriamente los alcances del fallo de Casación que fue interpretado como una masiva liberación de presos. Y pidió el pronunciamiento de todas las partes, entre ellas al procurador general Julio Conte Grand.

La polémica por los riesgos de las cárceles superpobladas frente al coronavirus reavivó sus llamas hoy con la decisión de la Suprema Corte bonaerense, que suspendió los efectos de un fallo que habilitaba la concesión de prisiones domiciliarias, y un documento de la Asociación de Magistrados que responsabilizó al gobierno por la situación en los penales.

El máximo tribunal bonaerense admitió una apelación del fiscal Carlos Altuve y suspendió provisoriamente los alcances del fallo de Casación que fue interpretado como una masiva liberación de presos.

Tal cosa no es real; el fallo no dice eso. Pero ante la repercusión mediática, dos cacerolazos de mucho estruendo y un inocultable malhumor social, la Corte provincial dispuso “la suspensión de las medidas establecidas por el Tribunal de Casación Penal en su fallo del 8 de abril del corriente año (Habeas Corpus colectivos y correctivos de causas N° 102.555 y 102.558)”, por el cual habían obtenido la prisión domiciliaria momentánea una cantidad imprecisas de detenidos.

“La presente resolución suspende los efectos de la decisión del Tribunal de Casación Penal impugnada”, explicaron los jueces s Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Sergio Torres y Eduardo de Lázzari. Ello significa que ningún preso en riesgo de contraer coronavirus obtendrá la domiciliaria, ni ninguna otra morigeración de su estado de detención, por lo menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo, esto es la validez o no del fallo de Casación.

Al mismo tiempo, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional se despegó de la situación de hacinamiento en las cárceles (y aunque la provincia de Buenos Aires está fuera de su jurisdicción, también quedó tácitamente comprendida en el documento).

“A propósito también de declaraciones del titular del Poder Ejecutivo Nacional y de otros referentes políticos, las libertades que se someten a consideración de los magistrados y magistradas a causa de la propagación de la pandemia en las cárceles encuentran fundamento en deficiencias estructuras del sistema carcelario y no en el trámite propio de los procesos judiciales”.

La corporación de jueces y fiscales advirtió que “ninguna solución al problema de fondo se encuentra en manos del Poder Judicial”.

La Corte bonaerense estableció plazos breves para pedirle pronunciamiento a todas las partes, entre ellas al procurador general Julio Conte Grand, y probablemente esta misma semana se pronunciará.

Según decida, estará tomando el toro por los cueros o haciendo “fulbito pa’ la tribuna”. La Asociación de Magistrados parece estar esperando una defensa abroquelada: “jueces y juezas deben resolver entre mantener la detención de un interno con probabilidades de enfermar con severidad, o bien disponer el arresto domiciliario o liberación de quien en otras circunstancias no podría aspirar a tales beneficios procesales”.

“Es el Poder Ejecutivo, tanto en su nivel nacional como provincial, quien tiene a su cargo la administración de los establecimientos carcelarios y a él comprende la obligación de asegurar condiciones esenciales de salubridad e higiene intramuros”, destaca el documento.

El documento aprovechó para, sin nombrarlo, cuestionar al presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, quien tras reunirse con familiares de víctimas de delitos violentos impulsó juicios políticos contra tres magistrados y dejó flotando la posibilidad de otras decisiones similares.

La Asociación de Magistrados replicó: “ratificamos el principio de que en el Estado de Derecho resulta inadmisible el empleo del juicio político como herramienta de intimidación hacia los magistrados que resuelven de un modo contrario a la expectativa de quien lo promueve”.

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