Los jueces y fiscales que jugaron al fútbol con Macri rechazaron las recusaciones de la defensa de Cristina

Por: Néstor Espósito

Como anticipó este medio, el tribunal que juzga a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner sobre obra pública en Santa Cruz desestimó los argumentos del abogado Carlos Beraldi. El detalle de la resolución y cómo sigue la causa.

El Tribunal que juzga a Cristina Fernández de Kirchner por la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015 rechazó todas las recusaciones contra dos de sus jueces y los dos fiscales que intervienen en el juicio. A última hora del viernes, el tribunal emitió dos resoluciones, firmadas ambas por los dos jueces recusados (Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini), más el que no lo estaba, Fabián Basso, desestimando in limine (es decir, sin  mayor tratamiento) los planteos recusatorios a los que se habían sumado las defensas de otros cuatro imputados, además de la vicepresidenta.

La primera de las resoluciones rechaza las recusaciones de Giménez Uriburu y del fiscal Diego Luciani por los partidos de fútbol que disputaron como parte del equipo amateur Liverpool en la quinta Los Abrojos, propiedad del ex presidente Mauricio Macri. 

“Una cancha de fútbol en el marco de un torneo deportivo abierto a la comunidad, en el que participan una variedad de equipos según la época en la que se trate, acabó convertida sin mayores miramientos ni esfuerzos argumentales en la mesa chica de un ex primer mandatario del país -que por cierto no tiene ni ha tenido intervención alguna en este proceso-, y quienes participaron de los encuentros futbolísticos allí celebrados por más de 40, en sus aliados políticos”, sostuvieron los jueces. 

“Resulta entendible, si se quiere, que a merced de marcados saltos y fallas en el razonamiento se construya una narrativa en los medios de comunicación, pero lo que es llamativo es que, sin más, se pretenda incorporar a un proceso judicial esa misma tónica discursiva”, apuntaron, en este caso, a la difusión periodística de las fotografías que pusieron sobre el tapete una situación hasta ahora desconocida para todas las partes del juicio, con excepción –claro- de los propios protagonistas, que terminaron juzgándose a sí mismos.

La resolución tiene un párrafo llamativo: “No es lo mismo participar de un torneo de fútbol que ser invitado por el anfitrión a participar de un encuentro personalizado”. La exégesis indica que Giménez Uriburu y Luciani no fueron invitados por Macri para jugar un partido de fútbol en su quinta y, por ello, no hay razón para que procesa la recusación.  ¿Algún otro juez o funcionario judicial fue invitado personalmente por el ex presidente para un encuentro deportivo “personalizado”? El párrafo pareció hacer sonar el teléfono del juez de la Cámara de Casación Mariano Borinsky.

También fue rechazada la recusación del fiscal Sergio Mola, apuntado por la defensa de Julio De Vido –a cargo de Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro- por una visita a Casa Rosada y la presencia (y los aplausos) de Patricia Bullrich, Cristian Ritondo y Julio Conte Grand en el acto de su jura. 

El fallo sostiene que las razones de las recusaciones “para ser consideradas razonables en un planteo de estas características (por intensidad, consecuencias y oportunidad procesal en la que se realiza), exigían un esfuerzo argumental mayor”.

Rechazo exprés

El tribunal también rechazó, en otra resolución, las recusaciones contra Giménez Uriburu y Gorini, en un trámite de una velocidad tal que no registra antecedentes –por lo menos cercanos- en tribunales. El abogado Carlos Alberto Beraldi presentó formalmente la recusación contra Gorini, que ya había anunciado al comenzar la audiencia del viernes, después de las 18.30 vía expediente electrónico. Un par de horas más tarde ya había sido rechazada, también in limine.

A ambos jueces se les atribuyen visitas al Ministerio de Seguridad de la Nación cuando su titular era Patricia Bullrich. Esa información fue consignada en un artículo periodístico, que extrajo la información de los registros oficiales de audiencias de reparticiones públicas.

El tribunal resolvió que “resulta incompatible con toda lógica la mera aceptación de la invocación de un argumento que pretenda recusar a los jueces que intervienen cuya fuente de obtención se encontró disponible, durante todo ese tiempo y para quien quisiera, en la página oficial a la que se hiciera referencia”. 

“Deliberadamente se confunde la reciente nota periodística con los eventos pretéritos que en ella se relatan los cuales, como se ya se dijo, se remontan años atrás, circunstancia que era fácilmente conocible pues la información a su respecto se encuentra disponible en el Registro Único de Audiencias de Gestión de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional”.

Giménez Uriburu, además, añadió: “jamás concurrí al Ministerio de Seguridad de la Nación, ni a los fines indicados en la nota aludida ni por ninguna otra razón, y tampoco he conocido ni mantenido reuniones con la por entonces titular de esa cartera. Tal extremo evidencia, además de la manifiesta extemporaneidad de su reclamo, una merma evidente en la credibilidad de la fuente en la que se funda”.

Las recusaciones, en estos dos casos, fueron rechazadas “por tratarse de un reclamo manifiestamente improcedente”.

Los rechazos pasarán ahora a  revisión de la Cámara Federal de Casación Penal.

El juicio, en su tramo final de alegatos de la fiscalía, se reanudará el martes y todos los recusados estarán en sus puestos.

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