Lo dicho y lo no dicho en la nueva medida que puso fin a la Secretaría. Quiénes son los que ganan con la Agencia del Deporte.

Unos renglones antes, en el parágrafo IV, se deja servida la eventual comercialización de todos los bienes inmuebles que dispone la ADN. Manifiesta que se podrá disponer de «recursos obtenidos por la celebración por parte de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), de contratos onerosos de concesión, permiso de uso, locación, derechos publicitarios y comercialización de espacios publicitarios de los bienes bajo su jurisdicción o custodia». Al no existir una cláusula taxativa en el decreto que explicite que los inmuebles de la ADN no son enajenables, la AABE –gracias a otro DNU de Macri, el 27/2018– puede asignar y transferir propiedades del Estado, lo que la habilita las operaciones inmobiliarias.
Otro cambio que va en contra de la democratización de las entidades está en el artículo 8°, que amplía los tiempos de gestión para presidentes de clubes y federaciones. Si hasta aquí podían ejercer un mandato de cuatro años y tener una sola reelección inmediata y consecutiva, el DNU permite que haya re-re, por lo que un presidente puede extender su gestión por 12 años. Uno de los beneficiados puede ser Daniel Angelici, que ya lleva ocho años al mando en Boca, que primero debe superar la asamblea interna para modificar el estatuto, aunque sabe que tiene el visto bueno de la IGJ, dirigida por su amigo Daniel Brodksy..
Una sugestiva omisión en el texto aparece en el artículo 6º, que sustituye el artículo 20 de la Ley 20.655 y modificatorias. Se mantuvo al Comité Olímpico (COA) y al Comité Paralímpico (Copar) como asociaciones civiles deportivas superiores de la Argentina, pero se eliminó a la Confederación Argentina de Deportes (CAD), la entidad madre del deporte nacional fundada en 1921. Borrar del mapa a la CAD no parece casual, ya que se trata de la única entidad con peso de decisión que se mostró crítica de las decisiones del gobierno central en cuanto la política del sector.
Otro olvido notable por tratarse de una entidad mixta, con participación y presupuesto del Estado, es que no se establece cuál será el organismo de control de gestión, como sí quedó especificado en la Ley 26.573 de creación del Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo que sería la Auditoría General de la Nación. Entre las más de 4200 palabras del escrito, no aparece auditoría, clave para quienes pretenden administrar de manera transparente.
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