Lo dictaminó el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9. Con el dinero, implementarán "dispositivos que les garanticen la vida en comunidad", a personas internadas en neuropsiquiátricos. La demanda la comenzó ACIJ, de donde advierten que hoy "no existen políticas públicas a nivel nacional ni de la Ciudad dirigidas a crear una red de servicios habitacionales, laborales, sanitarios y sociales".

La resolución fue dictada el 10 de marzo de 2025 por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9, luego de que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) denunciara la reticencia de las carteras sanitarias demandadas, a impulsar acciones para que las personas que viven en hospitales psiquiátricos puedan salir de ellos.
El propósito de imponer una multa monetaria «es destinar ese dinero a la implementación de dispositivos que les garanticen la vida en comunidad», indicaron desde ACIJ.
La causa judicial “SAF y otros c/ E Nacional y otros s/Amparo Ley 16.986” se inició en 2014 con el objetivo de que el Ministerio de Salud de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires externaran a cuatro personas que, a pesar de estar en situación de alta médica, residían en hospitales psiquiátricos por falta de vivienda y de otros recursos para vivir en la comunidad.
En 2015 la Justicia no solo ordenó a estos organismos la creación de los dispositivos necesarios para su externación sino que, luego de corroborar que centenas de personas se encontraban en idéntica situación, determinó el alcance colectivo de la causa y la obligación de externar a todas aquellas que estuvieran internadas por motivos sociales.
«Sin embargo, ninguno de los ministerios cumplió con la sentencia, y una década después se mantienen reticentes en garantizar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial», plantean en ACIJ.
En este contexto, en septiembre de 2024, la Justicia intimó nuevamente al Estado Nacional y al Gobierno de la Ciudad a presentar un relevamiento actualizado de las personas internadas en los hospitales monovalentes públicos que se encuentran en situación de alta y a informar las medidas ya implementadas o previstas para cumplir la sentencia y para garantizar la participación de las organizaciones de personas con discapacidad en el diseño de esas acciones, conforme la obligación estatal prevista en el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
A pesar de lo anterior, una vez más, ninguno de los organismos cumplió con la orden judicial, situación que la ACIJ denunció nuevamente ante el juez. Luego de analizar el pedido y el accionar del gobierno nacional y local, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9 resaltó que la observancia de las decisiones judiciales debe ser fiel y estricta, y que corresponde a los jueces y juezas ordenar las medidas necesarias para que estas no devengan estériles.
Por ello, ante los reiterados incumplimientos, el tiempo transcurrido desde el dictado de la sentencia, y considerando la gravedad de los derechos en juego, la Justicia resolvió imponerles una multa diaria de cien mil pesos ($100.000) a cada organismo con el objetivo de destinar ese dinero a la implementación de medidas para la externación de todas las personas en situación de alta médica.
Desde la Asociación remarcaron que «con esta decisión, el Poder Judicial confirmó lo que ACIJ denuncia hace años: no existen políticas públicas a nivel nacional ni de la Ciudad de Buenos Aires dirigidas a crear una red de servicios habitacionales, laborales, sanitarios y sociales que permitan la vida en comunidad de las personas privadas de su libertad en hospitales psiquiátricos».
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