“Nadie en Lobos puede seguir tomando una gota de agua envenenada”

Por: Gastón Rodríguez

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata dio lugar al amparo colectivo y ordenó la instalación de centros de distribución de agua potable para los vecinos.

«Estamos muy conmovidos por este respaldo de la justicia –dice Florencia Polimeni, una de las amparistas que logró el fallo–. Fueron cuatro años difíciles de lucha en los que hemos sido ignorados y ninguneados por las autoridades. Ordenar que se le de agua sin agrotóxicos a toda la población es señalar la gravedad y urgencia del problema. Nadie en Lobos puede seguir tomando una gota de agua envenenada».

Polimeni encabezó, en 2021, la acción colectiva por contaminación hídrica contra el municipio de Lobos, luego de impulsar estudios científicos que comprobaron la presencia de agrotóxicos en los cuerpos de los vecinos, sumado al relevamiento –alarmante– sobre casos de cáncer de colon detectados en consonancia con fumigaciones realizadas a metros de las viviendas e, inclusive, sobre la reserva del acuífero del partido.

En agosto de 2021, el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6 de La Plata había concedido a los vecinos de Lobos la medida de amparo que obligaba al municipio a entregar bidones de agua potable, tanto a los denunciantes, como también a escuelas, centros de salud y clubes.

Luego de la puntual apelación del Municipio de Lobos, esta semana la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata volvió a dar lugar al amparo colectivo y ordenó la instalación de centros de distribución de agua potable para los habitantes de esa localidad bonaerense.

De esta forma, señala la resolución, se busca asegurar la provisión de agua potable que “cumpla con los parámetros establecidos por las normas aplicables (10 microgramos por litro de arsénico y sin agrotóxicos), en el plazo de 10 días de notificada la presente”.

Para Fernando Cabaleiro, abogado y referente de Naturaleza de Derechos, «se trata de un fallo judicial que no solo vuelve a reconocer el derecho humano al agua potable, sino que además legitima a la población que junto a la ciencia independiente y la abogacía popular ambiental visibiliza ante la sociedad la problemática del arsénico en el agua cada vez más preocupante y que lamentablemente todos los niveles del Estado se esmeran en ocultar y negar».

Cabaleiro asumió la representación de los vecinos de Lobos junto a Sabrina Ortiz, la abogada que perdió un embarazo de casi seis meses y tuvo dos ACV causados por las fumigaciones en los campos linderos a su casa de Pergamino.

“Nos duele tener que judicializar algo tan básico como el derecho al agua”, expresaron desde la Multisectorial de Lobos, y agregaron: “Esto no es ideológico, es humano: queremos que dejen de enfermarnos con lo que tomamos todos los días”.

En riesgo

La sentencia de la Cámara se fundamenta en “el derecho al acceso al agua corriente, en condiciones óptimas de potabilidad para su consumo, vinculado con el derecho a la salud y a la vida”. En ese sentido, los jueces prestaron especial atención al estudio realizado por el INTA Balcarce, “del cual surge la presencia de arsénico y agrotóxicos en el agua de distintas muestras obtenidas en diferentes lugares”.

El estudio mencionado fue el desencadenante del expediente administrativo tramitado por la Defensoría del Pueblo, con la finalidad de investigar la aparente contaminación del agua de la localidad de Lobos y su falta de aptitud para el consumo humano.

Las muestras tomadas en la Escuela N°3 de Chacras y en la Plaza 1810, por ejemplo, contenían plaguicidas; más preciso: debajo de los juegos se detectaron importantes cantidades de glifosato. En los arroyos y canales que conducen a la laguna tan visitada aparecieron 12 plaguicidas, principalmente, glifosato, 24D y clorpirifos.

También se contempló el dictamen adjuntado a la presentación judicial en donde el neonatólogo y coordinador de la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, Medardo Ávila Vásquez, advirtió que la presencia de glifosato en el cuerpo humano representa un riesgo de daño genético y de cáncer al ser una sustancia genotóxica y cancerígena. “Los estudios realizados –explicó Ávila– confirman los vínculos causales (…) una exposición crónica a sustancias que son agentes genotóxicos como el glifosato elevan el riesgo de daño genético en la población expuesta a las fumigaciones con agrotóxicos a una distancia inferior a los 1095 metros”.

No obstante, la Cámara rechazó otros puntos del reclamo, como el pedido para fijar una zona de exclusión de 1.095 metros para fumigaciones con agrotóxicos respecto de áreas habitadas o protegidas, por considerar que requiere un mayor debate probatorio, inadecuado para una medida cautelar.

Escenario de regresión

A través de un decreto, el gobierno nacional autorizó la privatización total de Agua y Saneamientos Argentinos SA (AySA) mediante la venta de las acciones que actualmente pertenecen al Estado nacional. El abogado Fernando Cabaleiro le adelantó a Tiempo que junto a Jonathan Valdivieso del Observatorio del Derecho a la Ciudad harán una presentación judicial en los próximos días:

“Podemos hablar de un escenario de regresión, tanto en lo que tiene que ver con el control de calidad como en el derecho fundamental al acceso», destaca Cabaleiro.

El decreto del gobierno, justificado “en un contexto de profunda crisis económica» eliminó la prohibición que existía sobre las interrupciones del servicio a los hogares con deudas en sus facturas. La futura concesionaria, además, podrá incrementar las tarifas trimestralmente y agregar aumentos extraordinarios.

Rechazo

La Cámara no hizo lugar al planteo sobre el control del cumplimiento del Código Urbano local en materia de uso del suelo agrícola, señalando que excede los límites del objeto del proceso en esta etapa.

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