Oficializan el inicio de clases el 2 de marzo en provincia de Buenos Aires

Se estableció que este nuevo ciclo lectivo tendrá un mínimo de 190 días efectivos de clase, con jornadas y horas adicionales, y que se realizará el retorno a las aulas con la presencialidad plena y cuidada de todos los estudiantes.

El gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó este lunes al próximo 2 de marzo como fecha de inicio del ciclo lectivo 2022 en el distrito y determinó que las clases en las escuelas se desarrollarán con presencialidad plena y con los cuidados correspondientes por la pandemia de coronavirus, se informó oficialmente. Mediante la resolución N° 8 de la Dirección General de Cultura y Educación, publicada en el Boletín Oficial provincial, se estableció que este nuevo ciclo lectivo tendrá un mínimo de 190 días efectivos de clase, con jornadas y horas adicionales, y que se realizará el retorno a las aulas con la presencialidad plena y cuidada de todos los estudiantes.

De acuerdo con lo establecido por la norma, las clases comenzarán el 2 de marzo, habrá un receso escolar del 18 al 29 de julio, y el ciclo lectivo finalizará el 22 de diciembre. En tanto, en su artículo octavo, establece que el lema para el calendario escolar del nuevo ciclo lectivo será «A 40 años de Malvinas: Soberanía y Memoria». En sexto, por su parte, la norma se establece que «el protocolo escolar y sanitario regirán de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 14.438 de la provincia de Buenos Aires, en el Decreto Provincial Nº 2299/11 por el que se aprueba el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la provincia de Buenos Aires, y en la Resolución 404/2021 CFE y de toda otra norma complementaria o supletoria al presente artículo».

También se resolvió que » las Unidades Educativas de Gestión Privada que se encuentren comprendidas en Convenios Intergubernamentales sobre Cooperación Cultural y Científica fijarán su propio ciclo lectivo, en el marco de la presente resolución, el Convenio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología N° 337/03, la Ley N° 25.864 y la Resolución Nº 165/11 del Consejo Federal de Educación.». «La Dirección de Educación de Gestión Privada tendrá a su cargo la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de la cantidad de días efectivos de clase establecidos por calendario escolar. El Ciclo Lectivo de las Escuelas Bilingües y Trilingües dependientes de la Dirección de Educación de Gestión Privada se regirá por lo pautado en la Resolución N° 5554/03 de esta Dirección General de Cultura y Educación», se determinó.

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