El nuevo sistema busca un mayor ordenamiento a las operaciones, evitar casos de sobrefacturación, uso abusivo de cautelares y otros mecanismos irregulares.

El nuevo sistema, que buscará darle un mayor ordenamiento y trazabilidad completa a las operaciones y evitar casos de sobrefacturación, uso abusivo de cautelares y otros mecanismos irregulares, entrará en funcionamiento el 17 de octubre próximo, según dispuso la Resolución General Conjunta 5271/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Entre los motivos que impulsaron al desarrollo del nuevo esquema, se encuentran “las numerosas inconsistencias de los importadoras” detectadas bajo el SIMI, “tanto en su capacidad económica, como también en el uso de prácticas abusivas en la interposición de medidas administrativas o judiciales” para eludirlo, según se señala en los considerandos.
Toda la información del SIRA –el cual realizará un monitoreo en tiempo real- será puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla única de Comercio Exterior Argentino (Vucea), los cuales deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 60 días corridos desde el registro en el sistema.
Luego de que estos se pronuncien, la AFIP notificará a los importadores las novedades, y en su caso, las observaciones de estos organismos.
Las declaraciones realizadas a través del SIRA tendrán una validez de 90 días, contados a partir de la fecha en que las importaciones tengan el estado de “salida”, y podrán ser oficializadas previo al arribo de la mercadería al territorio para poder efectuar los controles de manera anticipada.
A la hora de la declaración, la AFIP analizará la situación del sujeto -incluyendo si cuenta con incumplimientos o irregularidades formales- y su perfil de riesgo, contemplando, entre otros elementos, si el importador realizó operaciones de sobrefacturación, subfacturación o “practicas abusivas” con la interposición de cautelares.
Del mismo modo, se analizará su capacidad económica financiera.
Los nuevos controles se complementarán con la creación de una Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior, mediante la cual el Estado podrá realizar un monitoreo en tiempo real del flujo financiero y físico del comercio exterior.
En se sentido, las entidades autorizadas a operar en el Mercado Libre de Cambios deberán registrar el importe en pesos de cada una de las operaciones cambiarias relacionadas a importaciones, en el momento en la que se efectúe.
En tanto, los importadores deberán informar del plazo en días corridos entre el despacho oficializado y la fecha estimada de acceso al Mercado Libre de Cambios para la realización de los pagos de las importaciones.
Otro punto del nuevo sistema será la creación de un Comité de Seguimiento y Evaluación del SIRA, que será integrado por la AFIP, la Secretaría de Comercio y el Banco Central (BCRA).
El BCRA quedará autorizado para “adoptar y/o proponer las medidas que fueran necesarias para asegurar la eficiencia y la efectividad de las acciones de control coordinando entre los distintas Organismos del Estado”.
Como parte de la transición al nuevo sistema, todas aquellas operaciones en estado “oficializado” u “observado” del SIMI –es decir, que están pendientes de aprobación-, quedarán anuladas, y los importadores deberán registrarlas nuevamente mediante el SIRA.
En tanto, aquellas ya aprobadas y en estado “salida” mantendrán su validez.
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