Ya sea familiar o profesional, la persona que realice esa actividad deberá llevar el salvoconducto para poder transitar sin problemas durante la cuarentena.

En la DDJJ deberán constar horarios y días que se trasladará, para presentar en caso de que sea requerido por una autoridad, precisó la resolución 133/2020 del Ministerio de Desarrollo Social publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La declaración, que se puede acceder aquí, puede imprimirse o transcribirse la totalidad del contenido en una hoja en blanco.
La disposición establece que en el caso de que «la asistencia, apoyo y/o cuidado esté a cargo de un cuidador/a ajeno a la familia (voluntario o contratado), la declaración jurada deberá ser firmada tanto por quien brinde el cuidado como por la persona a cuidar o por un familiar de ésta».
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En tanto que si la persona trabaja para una empresa prestadora de servicios (medicina prepaga, obra social u otros), «será su empleador quien concederá una certificación específica al efecto».
Finalmente, la resolución indica que en todos los casos, la declaración debe describir «los días y horarios en los cuales el/la cuidador/a, se trate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y/o asistencia».
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