Por decreto, Macri modificó el sistema de las ART

En su afán por “reducir costos laborales”, el presidente firmó un DNU en el que obliga a la pasar por una comisión médica previa al reclamo judicial. La CGT advirtió de su inconstitucionalidad.

El presidente Mauricio Macri decidió no esperar los “tiempos legislativos” y a través de un Decreto de Necesidad y Urgencias (DNU), modificó el régimen de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART).

El texto del decreto 54/2017 se basa en un proyecto de ley, con media sanción en el Senado. Sin embargo, el gobierno nacional entendió que «esperar los tiempos habituales del trámite legislativo» implicaría «un importante retraso, que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida».

En su afán por reducir los “costos laborales” de las empresas, el gobierno nacional estableció en su decreto como «obligatorio y excluyente» la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

Entre los argumentos, el gobierno señaló que en la mayoría de los trabajadores elige, ante contingencias amparadas por la Ley de Riesgos del Trabajo, la demanda ante la Justicia laboral que evita la intervención de las Comisiones Medicas Jurisdiccionales.

En este sentido, el decreto, con fecha del viernes pasado, establece que las denominadas Comisiones Médicas Jurisdiccionales serán «la instancia única, con carácter obligatorio y excluyente de toda otra actuación, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite u homologue el otorgamiento de las prestaciones dinerarias, en forma previa a dar curso a cualquier acción judicial».

Las decisiones de estas comisiones será “cosa juzgada administrativa”.

Se crea además el Autoseguro Público Provincial, un sistema paralelo para los empleados públicos de provincias, municipios y la Ciudad de Buenos Aires.

El decreto modifica además el cálculo de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador, que se calculará a partir del promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador durante el año anterior.

Desde la CGT ya habían advertido que se trata de un a medida inconstitucional ya que “no están las condiciones ni de necesidad ni de urgencia”.

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